Correccional Federal N° 1, Dra. María Romilda Servini,
30/08/2023
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
ELECTORAL
Voces / Materias
CONCURSO
ELECTORAL
Normas Citadas
ley 19.362
decreto 4107/84
acordada 21/11
Acordada 59/05
acordada 59/05
acordada 39/85
acordada
21/11
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Visto los autos de la referencia, y
CONSIDERANDO:
1º)
Que
la
magistrada
titular
del
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y
Correccional Federal N° 1, Dra. María Romilda Servini,
solicita que se autorice el pago del adicional por el título
de Diseñador Gráfico, oficial mayor de la Secretaría Electoral
de ese juzgado, Gonzalo Moras Mom (fs. 3).
2º) Que en función con lo previsto en la
ley 19.362 y en los decretos 9530/58, 1428/73 y 4107/84, el
Tribunal, mediante la acordada 21/11, dispuso que “(l)a
percepción del adicional por título por parte del personal
administrativo y técnico, obrero y de servicio del Poder
Judicial de la Nación corresponde a los agentes que tengan
título universitario o de estudios superiores cuando las
normas lo exijan para el desempeño de la función, incluidos
los casos en los cuales se hubiera accedido al cargo por
concurso o por un procedimiento análogo de selección cuyas
bases exigieran la posesión de título; o cuando los agentes
RESOLUCION CSJN Nº 2172/2023 EXPEDIENTE Nº 5196/2015
Buenos Aires, 30 de agosto de 2023.-
que lo posean cumplan sus tareas con mayor eficacia por
aplicar conocimientos adquiridos en la carrera respectiva”.
3°) Que de acuerdo con lo informado a
fs. 40/42, el agente desarrolla tareas en las que aplica los
conocimientos adquiridos en la carrera de grado.
Se aclara, en tal sentido, que si bien
el interesado no ejerce la profesión, se encuentra autorizado
por la cámara respectiva, mediante Acordada 59/05 (fs. 43/45).
4º) Que, toda vez que se encuentran
cumplidos los requisitos establecidos en la acordada n° 39/85
–modificada por acordada 21/11-, corresponde dejar sin efecto
la acordada 59/05 de la Cámara Nacional Electoral y acceder a
lo solicitado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
44, punto I, inciso c, del decreto 4107/84, a partir del 1°
del mes siguiente de la presente resolución (conf. art. 1°,
tercer párrafo, de la acordada 39/85 -modificada por acordada
21/11). Ello, previa declaración jurada de no ejercicio de la
profesión y mientras el nombrado preste servicios en la
dependencia mencionada.
Por ello,
SE RESUELVE:
1°) Dejar sin efecto la autorización
para ejercer la profesión otorgada por la Cámara Nacional
Electoral (conf. Acordada 59/05).
2°) Hacer saber a la Administración
General del Poder Judicial de la Nación que corresponde
liquidar la bonificación adicional por título a favor del
oficial mayor de la Secretaría Electoral del Juzgado Nacional
de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N°
1, Gonzalo Moras Mom, con los alcances establecidos en el
considerando cuarto, y sin perjuicio del cumplimiento de lo
dispuesto en el inciso i del art. 8 del R.J.N.
Regístrese, hágase saber y remítase a la
mencionada administración.-
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis
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