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Correccional Federal N° 1, Dra. María Romilda Servini,

30/08/2023 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
ELECTORAL

Voces / Materias

CONCURSO ELECTORAL

Normas Citadas

ley 19.362 decreto 4107/84 acordada 21/11 Acordada 59/05 acordada 59/05 acordada 39/85 acordada 21/11

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto los autos de la referencia, y CONSIDERANDO: 1º) Que la magistrada titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 1, Dra. María Romilda Servini, solicita que se autorice el pago del adicional por el título de Diseñador Gráfico, oficial mayor de la Secretaría Electoral de ese juzgado, Gonzalo Moras Mom (fs. 3). 2º) Que en función con lo previsto en la ley 19.362 y en los decretos 9530/58, 1428/73 y 4107/84, el Tribunal, mediante la acordada 21/11, dispuso que “(l)a percepción del adicional por título por parte del personal administrativo y técnico, obrero y de servicio del Poder Judicial de la Nación corresponde a los agentes que tengan título universitario o de estudios superiores cuando las normas lo exijan para el desempeño de la función, incluidos los casos en los cuales se hubiera accedido al cargo por concurso o por un procedimiento análogo de selección cuyas bases exigieran la posesión de título; o cuando los agentes RESOLUCION CSJN Nº 2172/2023 EXPEDIENTE Nº 5196/2015 Buenos Aires, 30 de agosto de 2023.- que lo posean cumplan sus tareas con mayor eficacia por aplicar conocimientos adquiridos en la carrera respectiva”. 3°) Que de acuerdo con lo informado a fs. 40/42, el agente desarrolla tareas en las que aplica los conocimientos adquiridos en la carrera de grado. Se aclara, en tal sentido, que si bien el interesado no ejerce la profesión, se encuentra autorizado por la cámara respectiva, mediante Acordada 59/05 (fs. 43/45). 4º) Que, toda vez que se encuentran cumplidos los requisitos establecidos en la acordada n° 39/85 –modificada por acordada 21/11-, corresponde dejar sin efecto la acordada 59/05 de la Cámara Nacional Electoral y acceder a lo solicitado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, punto I, inciso c, del decreto 4107/84, a partir del 1° del mes siguiente de la presente resolución (conf. art. 1°, tercer párrafo, de la acordada 39/85 -modificada por acordada 21/11). Ello, previa declaración jurada de no ejercicio de la profesión y mientras el nombrado preste servicios en la dependencia mencionada. Por ello, SE RESUELVE: 1°) Dejar sin efecto la autorización para ejercer la profesión otorgada por la Cámara Nacional Electoral (conf. Acordada 59/05). 2°) Hacer saber a la Administración General del Poder Judicial de la Nación que corresponde liquidar la bonificación adicional por título a favor del oficial mayor de la Secretaría Electoral del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 1, Gonzalo Moras Mom, con los alcances establecidos en el considerando cuarto, y sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en el inciso i del art. 8 del R.J.N. Regístrese, hágase saber y remítase a la mencionada administración.- Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis