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Independencia Nacional

19/10/2023 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
CONSTITUCIONAL

Voces / Materias

CASACIÓN

Normas Citadas

ley 26.632 resolución n° 1937

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Los Señores Ministros que suscriben la presente, CONSIDERARON: I) Que por ley 26.632 fue creado el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3 con asiento en la ciudad de Córdoba. II) Que por decretos nros. 293/2019, 297/2019 y 298/2019 fueron designados como magistrados titulares del referido tribunal el doctor Ángel Francisco Andreu, la doctora Cristina Edith Giordano y el doctor Facundo Zapiola, respectivamente. III) Que la Administración General del Poder Judicial informó que se encuentran previstas las partidas presupuestarias necesarias y se verifican las condiciones edilicias y tecnológicas que permiten poner en funcionamiento el mencionado órgano judicial (fs. 165, 173, 174, 182, 183 y 190). IV) Que por resolución del día de la fecha fueron creados los cargos de la dotación del nuevo tribunal. ACORDADA Nº 31/2023 EXPEDIENTE Nº 3032/2019 Buenos Aires, 19 de octubre de 2023.- V) Que por otra parte, según lo informado por la vicepresidenta del Consejo de la Magistratura a fs. 190, se ha puesto en conocimiento del estado del trámite a la Procuración General de la Nación (fs. 189) y a la Defensoría General de la Nación (fs. 188), como así también a la Cámara Federal de Casación Penal (fs. 184) y a la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba (fs. 186). VI) Que es propósito de esta Corte proveer lo necesario para asegurar la correcta prestación del servicio de justicia, por lo que la puesta en funcionamiento de un tribunal constituye una prioridad insoslayable. Por ello, en uso de las facultades de raingambre constitucional que son propias y exclusivas de este Tribunal –conforme los argumentos expuestos en los considerandos 5 a 7 de la resolución n° 1937/15 y en el considerando 30° del fallo “Uriarte, Rodolfo Marcelo y otro” del 4 de noviembre de 2015 (Fallos 338:1216), ACORDARON: 1°) Disponer la habilitación del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3 con asiento en la ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba. 2°) Autorizar a la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba para que tome el juramento de ley a los magistrados designados en aquel órgano judicial. 3°) Poner en conocimiento de la Procuración General de la Nación y de la Defensoría General de la Nación lo dispuesto en la presente acordada. 4°) Declarar feriado judicial para el tribunal que por la presente se habilita por el término de siete días hábiles. Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique en el Boletín Oficial, en la página web del Tribunal y en el Centro de Información Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe. Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis Firmado Digitalmente por CLERICI Luis Sebastian