Independencia Nacional
19/10/2023
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Voces / Materias
CASACIÓN
Normas Citadas
ley 26.632
resolución n° 1937
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Año del Bicentenario de la Declaración de la
Independencia Nacional
Los Señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
I) Que por ley 26.632 fue creado
el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3 con asiento en
la ciudad de Córdoba.
II)
Que
por
decretos
nros.
293/2019, 297/2019 y 298/2019 fueron designados como
magistrados titulares del referido tribunal el doctor Ángel
Francisco Andreu, la doctora Cristina Edith Giordano y el
doctor Facundo Zapiola, respectivamente.
III) Que la Administración General
del Poder Judicial informó que se encuentran previstas las
partidas presupuestarias necesarias y se verifican las
condiciones edilicias y tecnológicas que permiten poner en
funcionamiento el mencionado órgano judicial (fs. 165, 173,
174, 182, 183 y 190).
IV) Que por resolución del día de
la fecha fueron creados los cargos de la dotación del nuevo
tribunal.
ACORDADA Nº 31/2023 EXPEDIENTE Nº 3032/2019
Buenos Aires, 19 de octubre de 2023.-
V) Que por otra parte, según lo
informado
por
la
vicepresidenta
del
Consejo
de
la
Magistratura a fs. 190, se ha puesto en conocimiento del
estado del trámite a la Procuración General de la Nación
(fs. 189) y a la Defensoría General de la Nación (fs. 188),
como así también a la Cámara Federal de Casación Penal (fs.
184) y a la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba (fs.
186).
VI) Que es propósito de esta Corte
proveer lo necesario para asegurar la correcta prestación
del servicio de justicia, por lo que la puesta en
funcionamiento de un tribunal constituye una prioridad
insoslayable.
Por ello, en uso de las facultades
de raingambre constitucional que son propias y exclusivas
de este Tribunal –conforme los argumentos expuestos en los
considerandos 5 a 7 de la resolución n° 1937/15 y en el
considerando 30° del fallo “Uriarte, Rodolfo Marcelo y
otro” del 4 de noviembre de 2015 (Fallos 338:1216),
ACORDARON:
1°) Disponer la habilitación del
Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3 con asiento en la
ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba.
2°) Autorizar a la Cámara Federal
de Apelaciones de Córdoba para que tome el juramento de ley
a los magistrados designados en aquel órgano judicial.
3°) Poner en conocimiento de la
Procuración General de la Nación y de la Defensoría General
de la Nación lo dispuesto en la presente acordada.
4°) Declarar feriado judicial para
el tribunal que por la presente se habilita por el término
de siete días hábiles.
Todo
lo
cual
dispusieron
y
mandaron, ordenando que se comunique, se publique en el
Boletín Oficial, en la página web del Tribunal y en el
Centro de Información Judicial y se registre en el libro
correspondiente; de lo que doy fe.
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis
Firmado Digitalmente por CLERICI Luis Sebastian
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