← Volver a resultados

Corte Suprema de Justicia de la Nación

27/03/2017 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
TRIBUTARIO_FISCAL

Normas Citadas

decreto nº 5720/72 resolución n° 712 resolución nº 1562

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional VISTO: Que por las presentes actuaciones tramita la adquisición de carpetas con destino a la Oficina de Violencia Doméstica del Tribunal; y CONSIDERANDO: Que a fojas 1/7 de estos actuados, obran los antecedentes y diferentes presupuestos orientativos de lo que demandará su provisión. Que a fs. 9 la Dirección de Gestión Interna y Habilitación expresa la solicitud de la referencia y que la misma no se puede realizar con Gastos de Funcionamiento por saldo insuficiente, todo ello en virtud del requerimiento efectuado a fs. 8 por la Oficina de Violencia Domestica del Tribunal. Que a fojas 11, el Departamento de Contabilidad y Presupuesto efectuó la reserva de fondos con cargo al presente ejercicio financiero. Por ello, y en virtud a las atribuciones conferidas por resolución n° 712/11, SE RESUELVE: 1°) Autorizar a liquidar y abonar a la Dirección de Gestión Interna y Habilitación, una partida especial de pesos once mil novecientos treinta con cuarenta centavos ($ 11.930,40.-) con el objeto de adquirir carpetas con destino a la Oficina de Violencia Domestica del Tribunal. 2º) La presente contratación deberá ajustarse a lo establecido por el artículo 56, inciso 3º, apartado a) del régimen establecido en el decreto nº 5720/72 y el artículo 62 de la citada norma legal en su inciso 10º adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de la Nación (resolución nº 1562/2000), resultando imprescindible que los presupuestos que se soliciten se refieran a productos similares en su cantidad, calidad y características particulares, que se requieran en la misma fecha y se preserve la identidad de cada oferta hasta el momento de incorporación al expediente. RESOLUCION DA Nº 463/2017 EXPEDIENTE N° 1413/2017 Buenos Aires, 27 de marzo de 2017.- La presente partida se somete a la respectiva rendición de cuenta, debiéndose imputar a la cuenta 05-21-00-00-01-0002-2-9-2-00000-1-1.3 del ejercicio financiero 2016. 3º) Autorizar a los Departamentos involucrados a realizar los ajustes contables y financieros que correspondan. Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese a la Dirección de Administración. SR Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria