Independencia Nacional
09/06/2023
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PROCESAL_EVIDENCIA
Normas Citadas
ley 27.308
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Año del Bicentenario de la Declaración de la
Independencia Nacional
Vistos los autos de referencia, y
CONSIDERANDO:
1.- Que por medio de la acordada n°
38/2019 esta Corte aprobó la propuesta de reubicación de
personal realizada por la Cámara Nacional de Apelaciones en
lo Criminal y Correccional, en el marco de la ley 27.308 y
de la acordada n° 4/2019.
2.- Que a fs. 439/vta. la Asociación de
Empleados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación
solicita que se dicte una resolución “aclaratoria y/o la
medida de superintendencia que corresponda”, pues entiende
que el personal obrero y de maestranza se encontraría
excluido de la reubicación de personal, aprobada por la
citada acordada n° 38/2019.
3.- Que la presentación de la entidad
en cuestión no puede prosperar.
La decisión adoptada por este Tribunal
resulta lo suficientemente clara y precisa, circunstancia
que excluye cualquier duda con relación a sus alcances.
Tampoco la peticionaria comprueba –o alega fundadamente- la
existencia de algún error en que se haya incurrido al
aprobar la propuesta de reubicación de personal realizada
RESOLUCION CSJN Nº 1217/2023 EXPEDIENTE Nº 7785/2016
Buenos Aires, 9 de junio de 2023.-
por la cámara en su resolución del 1 de abril de 2019.
Por ello,
SE RESUELVE:
No
hacer
lugar
al
pedido
de
fs.
439/vta.
Regístrese,
hágase
saber
y,
oportunamente, archívese.
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos
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