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Que el servicio ha sido contratado mediante orden de compra nº

25/10/2023 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
COMERCIAL

Voces / Materias

BANCO

Normas Citadas

decreto nº 5720/72 resolución nº 1562

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto que por las presentes actuaciones tramita la contratación del servicio bancario para el pago de remuneraciones al personal dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; y Considerando: Que el servicio ha sido contratado mediante orden de compra nº 656/2017 (conf. fs, 20/28) y actualmente se encuentra amparado por orden de compra n° 436/2022, cuyo vencimiento operará el 31 de diciembre del 2023 (fs. 4/5). Que el punto 3 del pliego de bases y condiciones aprobado para la contratación del servicio ha previsto la posibilidad de disponer su prórroga por períodos de doce (12) meses, por lo que se solicitó a fs. 12/13 al Banco de la Ciudad de Buenos Aires -actual prestatario- su conformidad para prorrogar el mismo a partir de su vencimiento, en los mismos términos y condiciones técnicas y económicas oportunamente pactadas, obrando su aceptación a fs. 15/18. Que a fs. 31 el Departamento de Contabilidad y Presupuesto del Tribunal toma debido conocimiento. Que a fs. 62, ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, emitiendo opinión favorable. Que dicho procedimiento encuadra en el artículo 56, inciso 3°, apartado i) del régimen establecido en el decreto nº 5720/72 adoptado por el RESOLUCION Nº 2780/2023 EXPEDIENTE Nº 4276/2023 Buenos Aires, 25 de octubre de 2023.- Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de la Nación (resolución nº 1562/2000). Por ello, SE RESUELVE: 1º) Disponer la prórroga del servicio bancario para el pago de remuneraciones al personal dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación contratado mediante orden de compra nº 656/2017 -actualmente amparado por orden de compra n° 436/2022- con el “BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES”, por el término de doce (12) meses, a partir del 1º enero de 2024 -en los mismos términos y condiciones técnicas y económicas oportunamente pactados-, en un todo de acuerdo a lo manifestado por dicha firma a fs. 15/18, percibiéndose un porcentaje del 0,40% sobre el total del monto acreditado mensualmente. Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese a la Dirección de Administración. AES Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando