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Aires, C2de -- de

Sin fecha | Cámara Federal de Apelaciones de
FEDERAL
PROCESAL_EVIDENCIA

Normas Citadas

Resolución n° 3

Texto del Fallo

eV Resolución n° 3$ e¡ I f":} Expte. n° 5338/17 •  c57 de de la Q/fíaetOn Buenos Aires, C2de --<\ de 2017 Vistas las actuaciones de la referencia, y CONSIDERANDO: I) Que la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, mediante acuerdo n° 78/17, solicita al Tribunal autorización para extender el horario de atención de la Mesa General de Entradas hasta las 18 hs., a partir del 28 de septiembre del corriente año (fs. 1/2). I I) Que la cámara funda su petición en la necesidad de mejorar la calidad en la gestión del servicio de justicia, a fin de facilitar a los letrados del foro local el diligenciamiento de ciertos trámites más allá del horario actual de 7 a 13 hs. Explica que el personal que estará a cargo de la atención de la oficina en el horario vespertino ha prestado su acuerdo al cambio de horario de asistencia, que será de 12 a 18 hs. III) Que el art. 6° del Reglamento para la Justicia Nacional dispone en su primer parrafo que en el interior del pais regira el horario que establezcan las respectivas camaras con aprobaci6n de la Corte Suprema. El segundo parrafo indica que el horario no podra ser inferior a seis horas "sin perjuicio de la prolongaci6n o disminuci6n que, con caracter general, pueda disponerse por la Corte Suprema, o las camaras nacionales de apelaciones con aprobaci6n de aqulla". Por ello, SE RESUELVE: Autorizar a la Camara Federal de Apelaciones de Tucuman a fijar el horario de la Mesa General de Entradas entre las 7 y las 18 hs., en las condiciones que surgen de los considerandos de la presente. Registrese, hagase saber  y, archivese.