Aires, C2de -- de
Sin fecha
|
Cámara
Federal
de
Apelaciones
de
PROCESAL_EVIDENCIA
Normas Citadas
Resolución
n°
3
Texto del Fallo
eV
Resolución
n°
3$ e¡ I
f":}
Expte.
n°
5338/17
•
c57 de de la Q/fíaetOn
Buenos
Aires, C2de --<\ de
2017
Vistas
las
actuaciones
de
la
referencia,
y
CONSIDERANDO:
I)
Que
la
Cámara
Federal
de
Apelaciones
de
Tucumán,
mediante
acuerdo
n°
78/17,
solicita
al
Tribunal
autorización
para
extender
el
horario
de
atención
de
la
Mesa
General
de
Entradas
hasta
las
18
hs.,
a
partir
del
28
de
septiembre
del
corriente
año
(fs.
1/2).
I I)
Que
la
cámara
funda
su
petición
en
la
necesidad
de
mejorar
la
calidad
en
la
gestión
del
servicio
de
justicia,
a
fin
de
facilitar
a
los
letrados
del
foro
local
el
diligenciamiento
de
ciertos
trámites
más
allá
del
horario
actual
de
7
a
13
hs.
Explica
que
el
personal
que
estará
a
cargo
de
la
atención
de
la
oficina
en
el
horario
vespertino
ha
prestado
su
acuerdo
al
cambio
de
horario
de
asistencia,
que
será
de
12
a
18
hs.
III)
Que
el
art.
6°
del
Reglamento
para
la
Justicia
Nacional
dispone
en
su
primer
parrafo
que
en
el
interior
del
pais
regira
el
horario
que
establezcan
las
respectivas
camaras
con
aprobaci6n
de
la
Corte
Suprema.
El
segundo
parrafo
indica
que
el
horario
no
podra
ser
inferior
a
seis
horas
"sin
perjuicio
de
la
prolongaci6n
o
disminuci6n
que,
con
caracter
general,
pueda
disponerse
por
la
Corte
Suprema,
o
las
camaras
nacionales
de
apelaciones
con
aprobaci6n
de
aqulla".
Por
ello,
SE
RESUELVE:
Autorizar
a
la
Camara
Federal
de
Apelaciones
de
Tucuman
a
fijar
el
horario
de
la
Mesa
General
de
Entradas
entre
las
7
y
las
18
hs.,
en
las
condiciones
que
surgen
de
los
considerandos
de
la
presente.
Registrese,
hagase
saber
y,
archivese.
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