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Que por orden de compra n° 120 2022 conf. act. 1.3 se contrató el

10/02/2023 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
TRIBUTARIO_FISCAL

Voces / Materias

IMPUESTO

Normas Citadas

decreto n° 5720/72 resolución n° 203 resolución n° 401 resolución n° 637 resolución nº 1562 resolución n° 1455 resolución nº 637

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto que por las presentes actuaciones tramita la contratación del servicio de telefonía básica, acceso troncales digitales, servicios especiales de voz y tráfico telefónico para la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el término de dos (2) meses; y Considerando: Que por orden de compra n° 120/2022 (conf. act. 1.3) se contrató el servicio de la referencia con la firma “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.”, cuya renovación tramita por expediente n° 2425/2022 (conf. act. 1.1). Que mediante resolución n° 203/2018 del Ministerio de Modernización (conf. act. 10.1) se ha aprobado el régimen de portabilidad numérica para el servicio de telefonía fija, cuyo cronograma de implementación fue prorrogado mediante resolución n° 401/2018 del citado Ministerio (conf. act. 3.1) y resoluciones n° 1509/2020, 32/2022, 1514/2022 y 1648/2022 del Ente Nacional de Comunicaciones (conf. act. 3.2/3.5), habiendo transcurrido los plazos para operativizar la portabilidad numérica para telefonía fija de acuerdo a las resoluciones mencionadas (conf. act. 10.2). Que en atención a que resulta imprescindible continuar el servicio en las mismas condiciones vigentes manteniendo la actual numeración telefónica, hasta tanto se concrete la renovación que tramita por expediente n° 2425/2022, la Dirección de Sistemas del Tribunal recomienda (ver act. 9) la contratación del mismo con la actual prestataria “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.”, por el término de dos (2) meses a partir del vencimiento de la orden de compra n° 120/2022, -en los mismos términos y condiciones técnicas y económicas oportunamente pactadas en la orden de compra RESOLUCION DA Nº 15/2023 EXPEDIENTE Nº 7381/2022 Buenos Aires, 10 de febrero de 2023.- mencionada- prestando conformidad al contenido técnico y económico de la propuesta de dicha firma de la act. 5.2/5.4 y 11. Que de la información agregada en la act. 4.1 surge que la firma “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.” ha sido pasible de penalidades en el ámbito del Consejo de la Magistratura. No obstante ello, la citada Dirección aconseja hacer uso de la excepción establecida en la resolución n° 637/94 del Tribunal (ver act. 9). Que en la act. 7 obra la reserva de fondos con cargo a la partida presupuestaria del ejercicio financiero pertinente. Que, en la act. 14, ha tomado debida intervención la Asesoría Jurídica de la Dirección Jurídica General, emitiendo opinión favorable. Que dicho procedimiento encuadra en el artículo 56, inciso 3°, apartado d) del régimen establecido en el decreto n° 5720/72 y el artículo 62 de la citada norma legal en su inciso 10° adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de la Nación (resolución nº 1562/2000 y 894/2021). Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas mediante resolución n° 1455/2022 y Acordada N° 20/2022, SE RESUELVE: 1º) Contratar -con la firma “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.” en los términos de la resolución nº 637/94 del Tribunal-, el servicio de telefonía básica, acceso troncales digitales, servicios especiales de voz y tráfico telefónico para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el término de dos (2) meses, a partir del vencimiento de la orden de compra n° 120/2022 -en los mismos términos y condiciones técnicas oportunamente pactadas en la orden de compra mencionada- por la suma total de pesos novecientos ochenta y tres mil setecientos dos con veintiséis centavos ($ 983.702,26.-), en concepto de cargos fijos, -que incluye ciento ochenta (180) líneas básicas, diez (10) ATD con líneas de telefonía básica de back up, cuatro (4) LDX y paquetes de precompra de minutos-; autorizando la emisión de la orden de compra correspondiente al mes de febrero de 2023 por la suma de pesos cuatrocientos noventa y un mil ochocientos cincuenta y uno con trece centavos ($ 491.851,13.-) y autorizando a imputar, liquidar y abonar el mes de enero de 2023 por la suma de pesos cuatrocientos noventa y un mil ochocientos cincuenta y uno con trece centavos ($ 491.851,13.-); más los consumos excedentes que dichas líneas generen en concepto de cargos variables, - que surjan de la facturación conformada- y los impuestos que correspondan, en un todo de acuerdo al presupuesto de la act. 5.2/5.4 y 11. 2º) Imputar el cargo fijo involucrado a la cuenta presupuestaria pertinente del ejercicio financiero que corresponda, previo a la emisión de la respectiva orden de compra, así como los cargos variables e impuestos considerados, según la facturación que se conforme de acuerdo a la prestación del servicio, en los ejercicios financieros que correspondan. Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese sucesivamente al Departamento de Contabilidad y Presupuesto y Subdirección de Compras. MCC/G.D.F. Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria