Que por orden de compra n° 120 2022 conf. act. 1.3 se contrató el
10/02/2023
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Voces / Materias
IMPUESTO
Normas Citadas
decreto n° 5720/72
resolución n° 203
resolución
n° 401
resolución n° 637
resolución nº 1562
resolución n°
1455
resolución nº 637
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Visto que por las presentes actuaciones tramita la contratación del servicio
de telefonía básica, acceso troncales digitales, servicios especiales de voz y tráfico
telefónico para la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el término de dos (2)
meses; y
Considerando:
Que por orden de compra n° 120/2022 (conf. act. 1.3) se contrató el
servicio de la referencia con la firma “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.”, cuya
renovación tramita por expediente n° 2425/2022 (conf. act. 1.1).
Que mediante resolución n° 203/2018 del Ministerio de Modernización
(conf. act. 10.1) se ha aprobado el régimen de portabilidad numérica para el servicio de
telefonía fija, cuyo cronograma de implementación fue prorrogado mediante resolución
n° 401/2018 del citado Ministerio (conf. act. 3.1) y resoluciones n° 1509/2020, 32/2022,
1514/2022 y 1648/2022 del Ente Nacional de Comunicaciones (conf. act. 3.2/3.5),
habiendo transcurrido los plazos para operativizar la portabilidad numérica para
telefonía fija de acuerdo a las resoluciones mencionadas (conf. act. 10.2).
Que en atención a que resulta imprescindible continuar el servicio en las
mismas condiciones vigentes manteniendo la actual numeración telefónica, hasta tanto
se concrete la renovación que tramita por expediente n° 2425/2022, la Dirección de
Sistemas del Tribunal recomienda (ver act. 9) la contratación del mismo con la actual
prestataria “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.”, por el término de dos (2) meses a
partir del vencimiento de la orden de compra n° 120/2022, -en los mismos términos y
condiciones técnicas y económicas oportunamente pactadas en la orden de compra
RESOLUCION DA Nº 15/2023 EXPEDIENTE Nº 7381/2022
Buenos Aires, 10 de febrero de 2023.-
mencionada- prestando conformidad al contenido técnico y económico de la propuesta
de dicha firma de la act. 5.2/5.4 y 11.
Que de la información agregada en la act. 4.1 surge que la firma
“TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.” ha sido pasible de penalidades en el ámbito
del Consejo de la Magistratura. No obstante ello, la citada Dirección aconseja hacer uso
de la excepción establecida en la resolución n° 637/94 del Tribunal (ver act. 9).
Que en la act. 7 obra la reserva de fondos con cargo a la partida
presupuestaria del ejercicio financiero pertinente.
Que, en la act. 14, ha tomado debida intervención la Asesoría Jurídica de
la Dirección Jurídica General, emitiendo opinión favorable.
Que dicho procedimiento encuadra en el artículo 56, inciso 3°, apartado d)
del régimen establecido en el decreto n° 5720/72 y el artículo 62 de la citada norma legal
en su inciso 10° adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de
la Nación (resolución nº 1562/2000 y 894/2021).
Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas mediante resolución n°
1455/2022 y Acordada N° 20/2022, SE RESUELVE:
1º) Contratar -con la firma “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.” en
los términos de la resolución nº 637/94 del Tribunal-, el servicio de telefonía básica,
acceso troncales digitales, servicios especiales de voz y tráfico telefónico para la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, por el término de dos (2) meses, a partir del
vencimiento de la orden de compra n° 120/2022 -en los mismos términos y condiciones
técnicas oportunamente pactadas en la orden de compra mencionada- por la suma total
de pesos novecientos ochenta y tres mil setecientos dos con veintiséis centavos ($
983.702,26.-), en concepto de cargos fijos, -que incluye ciento ochenta (180) líneas
básicas, diez (10) ATD con líneas de telefonía básica de back up, cuatro (4) LDX y
paquetes de precompra de minutos-; autorizando la emisión de la orden de compra
correspondiente al mes de febrero de 2023 por la suma de pesos cuatrocientos noventa
y un mil ochocientos cincuenta y uno con trece centavos ($ 491.851,13.-) y autorizando
a imputar, liquidar y abonar el mes de enero de 2023 por la suma de pesos cuatrocientos
noventa y un mil ochocientos cincuenta y uno con trece centavos ($ 491.851,13.-); más
los consumos excedentes que dichas líneas generen en concepto de cargos variables, -
que surjan de la facturación conformada- y los impuestos que correspondan, en un todo
de acuerdo al presupuesto de la act. 5.2/5.4 y 11.
2º) Imputar el cargo fijo involucrado a la cuenta presupuestaria pertinente del
ejercicio financiero que corresponda, previo a la emisión de la respectiva orden de
compra, así como los cargos variables e impuestos considerados, según la facturación
que se conforme de acuerdo a la prestación del servicio, en los ejercicios financieros que
correspondan.
Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación en internet, y gírese sucesivamente al Departamento de Contabilidad y
Presupuesto y Subdirección de Compras.
MCC/G.D.F.
Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria
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