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RESOLUCION N° 32J I '

Sin fecha | Corte Suprema
FEDERAL
CIVIL

Voces / Materias

CONTRATO LOCACIÓN

Texto del Fallo

RESOLUCION N° 32J I\'\ EXPEDIENTE N° 3614/2018. Buenos Aires, 3" O; O C-I\) B De; ''1 VISTO: Que por las presentes actuaciones tramita la solicitud efectuada por la Oficina de la Mujer de este Tribunal; y CONSIDERANDO: Que a fojas 39 obra la solicitud indicada en el visto a fin de asignar a dicha dependencia un contrato de locación de servicios de un profesional de diseño para los productos de la Oficina mencionada ut supra por un plazo de doce (12) meses contados a partir del mes de agosto de 2019, proponiendo la contratación de / servicio al Sr. Pablo Sebastián Bravin. Que en la mencionada solicitud, la Oficina de la Mujer informa y fundamenta las tareas de diseño y desarrollo gráfico de todos los productos qU& desarrolla dicha Oficina: Registro de Femicidio, Registro de Femicidio Argentína, Registro de Femicidio de la Cumbre Iberoamericana, Registro de Trata de Personas, '. Observatorio de Femicidios, Mapa de Género, Base de Jurisprudencia con perspectiva de Género, Ciclo de Talleres presenciales y virtuales para dar cumplimiento a la Ley Micaela en todo el país, como así también el diseño del ciclo de capacitación por videoconferencia correspondiente al año 2019/2020. Que, los productos a diseñar mencionados ut supra serán para el periodo 2019/2020 para lo cual la Oficina requirente estima y propone una retribución mensual de pesos treinta y tres mil novecientos treinta y cuatro con treinta y siete ($33.934,37) -fs. 44 - prestando conformidad al proyecto de contrato -fs. 47/49 y 56. Que a fojas 46, el Departamento de Contabilidad y Presupuesto realizó la afectación presupuestaria correspondiente. Que ha tomado debida intervenci6n la Asesoria Juridica de la Direcci6n Juridica General. Por eHo, SE RESUELYE: 1°) Autorizar a la Sra. Maria De1ia Castatlares, en su caracter de Secretaria Letrada responsable de la Oficina de la Mujer, a suscribir el contrato de locaci6n de servicios con el Sr. Pablo Sebastian Bravin, por el termino de doce (12) meses - a partir del mes de agoto de 2019 - de acuerdo al modelo que como ANEXO forma parte de la presente. 2°) Establecer la retribuci6n - por todo concepto - en la suma de pesos treinta y tres mi1 novecientos treinta y cuatro con treinta y siete ($33.934,37) por cada mes de vigencia del contrato. 3°) Autorizar a la Direcci6n de Administraci6n a 1iquidar y abonar el gsto resultante e imputarlo a las cuentas de los ejercicips financieros correspondientes. Registrese, hagase saber, comuniquese, publiquese en el Portal de la Corte Suprema de Justicia de la Naci6n en Intemet, y girese a la Direcci6n de Administraci6n. jm • RNANOO ROSENKRANTZ PRE!IDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LANACION En la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires los Ldias del mes de O \l\0,(e., del ano 2019, se celebra el presente contrato de locaci6n de servicios (en adelante, "CONTRATO") entre la Corte Suprema de Justicia de la Naci6n, (en adelante denominada, "COMITENTE"), representada en este acta por la Sra. Secretaria Letrada Dra. Maria Delia Castanares, D.N.I. N°: 20.016.887 en un todo de acuerdo con lo dispuesto en la Resoluci6n CSJN N° 3211/2019, con domicilio en la calle Lavalle 1429, Piso 5°, de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, el Sr. Pablo Sebastiån Bravin, DNI N° 32.260.095 (en adelante denominado, "CONTRATISTA"), con domicilio en la calle Av. del Barco Centenera 428, Piso 9 Dpto. B de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires, (en adelante denominadas, en conjunto individualmente como "PARTES" y "PARTE" respectivamente) --------------------------------------------------------------------------------- El CONTRATO se celebra en un todo de acuerdo a las elåusulas y condiciones que seguidamente se enuncian. -------------------------------------------------------------------.,.-- CLAUSULA PRIMERA - OBJETO y FUNCIONES. El CONTRATISTA prestarå los servicios como profesional tecnico en la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Naci6n, para desarrollar las actividades que se describen: disefto y desarrollo gråfico de todos los productos de la Oficina de la Mujer: Registro de Femicidio, Registro de Femicidio Argentina, Registro de Femicidio de la Cumbre Iberoamericana, Registro de Trata de Personas, Observatorio de Femicidios, Mapa de Genero, Base de Jurisprudencia con Perspectiva de Genero, Cielo de Talleres presenciales y virtuales para dar cumplimiento a la Ley Micaela en todo el pais, como asi tambien el disefto del cielo de capacitaci6n por video-conferencia correspondiente al ano 20 19/2020. --------------------------------------------------------------------------------- CLAUSULA SEGUNDA - VIGENCIA. El CONTRATO tendrå vigencia por el plazo de doce (12) meses a partir del mes de agosto de 2019. Queda establecido que el CONTRATO no genera una expectativa o dereeho a prorroga en beneficio del CONTRATISTA. La continuaci6n de la prestaci6n establecida en la CLAUSULA PRIMERA, una vez operado el vencimiento del CONTRATO no importarå en modo alguno su tåcita reconducci6n, aun cuando la ejecuci6n de las tareas fijadas excedan  DEllA CASTANARES . Rt:TARIA LETRADA O , .  . . E SUPREMA DE JUSTICIA \ 'O'"'VJ... DE LANACIÖN - fClOj.o hClAw\u el plazo de vigencia del CONTRATO. Asimismo, las PARTES acuerdan que no es su intención, ni se deriva del CONTRATO, el establecimiento o la creación de una relación laboral de dependencia entre la COMITENTE y el CONTRATISTA, quedando entendido que este último es una persona independiente y autónoma en su relación con la COMITENTE. ------------------------------------------------------------------- CLAUSULA TERCERA MODALIDADES PARTICULARES. El CONTRATISTA queda expresamente comprometido a utilizar toda su ciencia, pericia y celo en el cumplimiento del CONTRATO, quedando facultado para desarrollar otras actividades independientes y contratar sus servicios con otros locatarios en el horario, días ámbitos no comprendidos en el CONTRATO.------------­ a) Sin perjuicio de lo establecido en el punto anterior, el CONTRATISTA se obliga a realizar el servicio en forma personal y a cumplir las instrucciones que se le impartan referentes al lugar y forma en la prestación de tales servicios. ----------------------------­ b) Los derechos y obligaciones del CONTRATISTA serán exclusivamente los aquí previstos. Por consiguiente no tendrá derecho a recibir del COMITENTE ningún beneficio, prestación, compensación u otro pago fuera de los estipulados expresamente en el CONTRATO, relevando al COMITENTE de toda obligación referida a aspectos previsionales, asistenciales y/o coberturas médicas.-----------------­ c) Será de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA el pago de los impuestos con que se graven las sumas recibidas, liberando expresamente al COMITENTE de toda obligación fiscal, cuyo cumplimiento expreso sea ajeno a la misma.---------------­ CLAUSULA CUARTA - HORARIO y RETRIBUCIÓN. Para la realización de los servicios encomendados, el CONTRATISTA estará a disposición del COMITENTE, dentro del horario que le indique la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La retribución -por todo concepto- se conviene en la suma de pesos TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA y CUATRO CON TREINTA y SIETE ($33.934,37) por cada mes de vigencia del CONTRATO, que la COMITENTE se compromete a abonar al CONTRATISTA, del primero al quinto día hábil del mes siguiente a la efectiva prestación del servicio, contra presentación de la factura correspondiente emitida de conformidad a la legislación vigente.------------------------------------------------------------------------------------------- .. Resoluci6n N° .:?J2JI(19 CLAUSULA QUINTA - RESCISION. Cualquiera de las PARTES podra rescindir el CONTRATO aun sin expresi6n de causa con una notificaci6n fehaciente de treinta (3 O) dias como minimo. -------------------------------------------------------------------------- CLAUSULA SEXTA- DERECHO DE PROPIEDAD. Los derechos de propiedad de autor y de reproducci6n, asi como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza que sea, sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como consecuencia de este contrato perteneceran exclusivamente a Ia contratante.------------ CLAUSULA SEPTIMA INFORMACION NO PUBLICADA. CONFIDENCIAL- EI contratado no podra comunicar a persona alguna Ia informaci6n no publicada o de caracter confidencial de que haya tenido conocimiento, con motivo de Ia ejecuci6n de sus obligaciones emanadas del presente contrato, salvo que asi 10 requiera su cometido o que Ia contratante 10 hubiera autorizado expresamente y por escrito para hacerlo. Esta obligaci6n de reserva o confidencialidad seguira en vigor afu1 despues del vencimiento del plazo de Ia rescisi6n o resoluci6n del presente contrato, haciendose responsable el contratado de los dafios y perjuicios que pudiera irrogar Ia difusi6n de datos o informes no pub1icado s. - --- ---- ---- --- ----- -- -- -- ------- ------- ------- -- -- -- ------ -- ------- ----- -------- ------- CLAUSULA OCTAVA - COMPETENCIA - DOMICILIO Y JURISDICCION A todos los efectos del CONTRATO, las PARTES constituyen domicilios en los indicados en el encabezamiento, donde seran validos y eficaces todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se cursen. Asimismo, acuerdan que, para todo reclamo y/o controversia que pudiera derivarse del CONTRATO, sera competente el Fuero Federal Contencioso Administrativo de Ia Capital Federal, renunciando las PARTES a cualquier otro que pudiere corresponder.-------------------- En prueba de conformidad con 10 estipulado se suscriben dos (2) ejemplares de un mis o tenor y a un solo efecto.----------------------------------------------------------------- ..• ,R DELlA CASTAARêS CRETARIA LETRADA e RTE SUPREMA DE JUSTICIA De L.A NACION