RESOLUCION N° 32J I '
Sin fecha
|
Corte Suprema
CIVIL
Voces / Materias
CONTRATO
LOCACIÓN
Texto del Fallo
RESOLUCION N° 32J I\'\
EXPEDIENTE N° 3614/2018.
Buenos Aires, 3"
O;
O C-I\) B
De; ''1
VISTO:
Que por las presentes actuaciones tramita la solicitud efectuada por la Oficina
de la Mujer de este Tribunal; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 39 obra la solicitud indicada en el visto a fin de asignar a
dicha dependencia un contrato de locación de servicios de un profesional de diseño
para
los
productos
de
la Oficina mencionada ut
supra por un plazo
de doce
(12)
meses contados a partir del mes de agosto de 2019, proponiendo la contratación de
/
servicio al Sr. Pablo Sebastián Bravin.
Que
en
la mencionada
solicitud,
la
Oficina de
la Mujer informa y
fundamenta
las
tareas
de
diseño
y
desarrollo
gráfico
de
todos
los
productos qU&
desarrolla dicha Oficina:
Registro de Femicidio, Registro de Femicidio Argentína,
Registro de Femicidio de la Cumbre Iberoamericana, Registro de Trata de Personas,
'.
Observatorio
de
Femicidios,
Mapa
de
Género,
Base
de
Jurisprudencia
con
perspectiva
de
Género,
Ciclo
de
Talleres
presenciales
y
virtuales
para
dar
cumplimiento a la Ley Micaela en todo el país, como así también el diseño del ciclo
de capacitación por videoconferencia correspondiente al año 2019/2020.
Que,
los
productos
a
diseñar
mencionados
ut
supra
serán
para
el
periodo
2019/2020
para
lo
cual
la
Oficina
requirente
estima
y
propone
una
retribución mensual de pesos treinta y tres mil novecientos treinta y cuatro con treinta
y
siete
($33.934,37)
-fs.
44 - prestando conformidad
al proyecto
de
contrato
-fs.
47/49 y 56.
Que a fojas 46, el Departamento de Contabilidad y Presupuesto realizó
la afectación presupuestaria correspondiente.
Que
ha
tomado
debida
intervenci6n
la
Asesoria
Juridica
de
la
Direcci6n Juridica General.
Por eHo, SE RESUELYE:
1°) Autorizar a la Sra. Maria De1ia Castatlares, en su caracter de Secretaria
Letrada responsable de la Oficina de la Mujer, a suscribir el contrato de locaci6n de
servicios
con
el
Sr.
Pablo
Sebastian
Bravin,
por
el
termino
de
doce
(12)
meses
- a partir del mes de
agoto de 2019 - de acuerdo
al modelo que como ANEXO
forma parte de la presente.
2°) Establecer la retribuci6n - por todo concepto - en la suma de pesos treinta
y tres mi1 novecientos treinta y cuatro con treinta y siete ($33.934,37) por cada mes
de vigencia del contrato.
3°) Autorizar a la Direcci6n de Administraci6n a 1iquidar y abonar el gsto
resultante e imputarlo a las cuentas de los ejercicips financieros correspondientes.
Registrese, hagase saber, comuniquese, publiquese en el Portal de la Corte Suprema
de Justicia de la Naci6n en Intemet, y girese a la Direcci6n de Administraci6n.
jm
•
RNANOO ROSENKRANTZ
PRE!IDENTE DE LA CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DE LANACION
En
la
Ciudad
Aut6noma
de
Buenos
Aires
los Ldias
del
mes
de
O \l\0,(e.,
del ano 2019, se celebra el presente contrato de locaci6n de
servicios
(en
adelante,
"CONTRATO")
entre
la
Corte
Suprema de
Justicia
de
la
Naci6n, (en adelante denominada, "COMITENTE"), representada en este acta por la
Sra.
Secretaria Letrada Dra.
Maria Delia Castanares,
D.N.I. N°:
20.016.887 en un
todo
de
acuerdo
con
lo
dispuesto
en
la
Resoluci6n
CSJN
N°
3211/2019,
con
domicilio en la calle Lavalle 1429, Piso 5°, de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires,
por una parte y por la otra,
el
Sr. Pablo Sebastiån Bravin, DNI N°
32.260.095
(en
adelante denominado, "CONTRATISTA"), con domicilio en la calle Av.
del Barco
Centenera 428, Piso 9 Dpto. B de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires, (en adelante
denominadas,
en
conjunto
individualmente
como
"PARTES"
y
"PARTE"
respectivamente) ---------------------------------------------------------------------------------
El CONTRATO se celebra en un todo de acuerdo a las elåusulas y condiciones que
seguidamente se enuncian.
-------------------------------------------------------------------.,.--
CLAUSULA PRIMERA - OBJETO y FUNCIONES. El CONTRATISTA prestarå
los servicios como profesional tecnico en la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema
de Justicia de la Naci6n, para desarrollar las actividades que se describen:
disefto y
desarrollo
gråfico
de
todos
los
productos
de
la
Oficina
de
la
Mujer:
Registro
de
Femicidio,
Registro de
Femicidio
Argentina,
Registro
de
Femicidio
de
la Cumbre
Iberoamericana, Registro de Trata de Personas, Observatorio de Femicidios, Mapa de
Genero,
Base
de
Jurisprudencia
con
Perspectiva
de
Genero,
Cielo
de
Talleres
presenciales y virtuales para dar cumplimiento a la Ley Micaela en todo el pais, como
asi tambien el disefto del cielo de capacitaci6n por video-conferencia correspondiente
al ano 20 19/2020. ---------------------------------------------------------------------------------
CLAUSULA SEGUNDA
- VIGENCIA.
El CONTRATO
tendrå vigencia por
el
plazo de doce (12) meses a partir del mes de agosto de 2019. Queda establecido que
el CONTRATO
no
genera una expectativa o
dereeho
a prorroga en
beneficio
del
CONTRATISTA.
La continuaci6n de
la prestaci6n establecida en
la CLAUSULA
PRIMERA, una vez operado el vencimiento del CONTRATO no importarå en modo
alguno su tåcita reconducci6n, aun cuando la ejecuci6n de las tareas fijadas excedan
DEllA CASTANARES
.
Rt:TARIA LETRADA
O
,
.
.
.
E SUPREMA DE JUSTICIA
\ 'O'"'VJ...
DE LANACIÖN
-
fClOj.o hClAw\u
el plazo de vigencia del CONTRATO. Asimismo, las PARTES acuerdan que no es
su intención, ni se deriva del CONTRATO,
el establecimiento o la creación de una
relación
laboral
de
dependencia
entre
la
COMITENTE
y
el
CONTRATISTA,
quedando entendido que este último es una persona independiente y autónoma en su
relación con la COMITENTE. -------------------------------------------------------------------
CLAUSULA
TERCERA
MODALIDADES
PARTICULARES.
El
CONTRATISTA
queda
expresamente
comprometido
a
utilizar
toda
su
ciencia,
pericia
y
celo
en
el
cumplimiento
del
CONTRATO,
quedando
facultado
para
desarrollar
otras
actividades
independientes
y
contratar
sus
servicios
con
otros
locatarios en el horario, días ámbitos no comprendidos en el CONTRATO.------------
a) Sin perjuicio de lo establecido en el punto anterior, el CONTRATISTA se obliga a
realizar el servicio en forma personal y a cumplir las instrucciones que se le impartan
referentes al lugar y forma en la prestación de tales servicios. ----------------------------
b) Los derechos y obligaciones del CONTRATISTA serán exclusivamente los aquí
previstos.
Por
consiguiente no
tendrá derecho
a
recibir
del COMITENTE
ningún
beneficio,
prestación,
compensación
u
otro
pago
fuera
de
los
estipulados
expresamente
en
el CONTRATO,
relevando
al COMITENTE
de
toda
obligación
referida a aspectos previsionales, asistenciales y/o coberturas médicas.-----------------
c) Será de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA el pago de los impuestos
con que se graven las sumas recibidas, liberando expresamente al COMITENTE de
toda obligación fiscal, cuyo cumplimiento expreso sea ajeno a la misma.---------------
CLAUSULA CUARTA - HORARIO y RETRIBUCIÓN. Para la realización de
los
servicios
encomendados,
el
CONTRATISTA
estará
a
disposición
del
COMITENTE, dentro del horario que le indique la Oficina de la Mujer de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación. La retribución -por todo concepto- se conviene en
la suma de pesos TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA y CUATRO
CON TREINTA y SIETE ($33.934,37) por cada mes de vigencia del CONTRATO,
que
la COMITENTE
se compromete
a abonar
al CONTRATISTA,
del primero
al
quinto
día
hábil
del
mes
siguiente
a
la
efectiva
prestación
del
servicio,
contra
presentación de
la factura correspondiente emitida de conformidad a
la legislación
vigente.-------------------------------------------------------------------------------------------
..
Resoluci6n N°
.:?J2JI(19
CLAUSULA QUINTA - RESCISION. Cualquiera de las PARTES podra rescindir
el CONTRATO aun sin expresi6n de causa con una notificaci6n fehaciente de treinta
(3 O) dias como minimo. --------------------------------------------------------------------------
CLAUSULA SEXTA- DERECHO DE PROPIEDAD. Los derechos de propiedad
de autor y de reproducci6n, asi como cualquier otro derecho intelectual de cualquier
naturaleza que sea, sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como
consecuencia de este contrato perteneceran exclusivamente a Ia contratante.------------
CLAUSULA
SEPTIMA
INFORMACION
NO
PUBLICADA.
CONFIDENCIAL-
EI
contratado
no
podra
comunicar
a
persona
alguna
Ia
informaci6n
no
publicada
o
de
caracter
confidencial
de
que
haya
tenido
conocimiento, con motivo de Ia ejecuci6n de sus obligaciones emanadas del presente
contrato,
salvo
que
asi
10
requiera
su
cometido
o
que
Ia
contratante
10
hubiera
autorizado
expresamente y
por
escrito
para
hacerlo.
Esta
obligaci6n
de
reserva
o
confidencialidad
seguira
en
vigor
afu1
despues
del
vencimiento
del
plazo
de
Ia
rescisi6n o resoluci6n del presente contrato, haciendose responsable el contratado de
los
dafios
y
perjuicios
que
pudiera
irrogar
Ia
difusi6n
de
datos
o
informes
no
pub1icado s. - --- ---- ---- --- ----- -- -- -- ------- ------- ------- -- -- -- ------ -- ------- ----- -------- -------
CLAUSULA OCTAVA - COMPETENCIA - DOMICILIO Y JURISDICCION
A todos
los
efectos
del CONTRATO,
las PARTES
constituyen domicilios en
los
indicados
en
el
encabezamiento,
donde
seran
validos
y
eficaces
todas
las
notificaciones judiciales
o
extrajudiciales que
se
cursen.
Asimismo,
acuerdan
que,
para
todo
reclamo
y/o
controversia
que
pudiera
derivarse
del CONTRATO,
sera
competente
el
Fuero
Federal
Contencioso
Administrativo
de
Ia
Capital
Federal,
renunciando las PARTES a cualquier otro que pudiere corresponder.--------------------
En prueba de conformidad con 10 estipulado se suscriben dos
(2) ejemplares de un
mis
o tenor y a un solo efecto.-----------------------------------------------------------------
..• ,R
DELlA CASTAARêS
CRETARIA LETRADA
e
RTE SUPREMA DE JUSTICIA
De L.A NACION
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