Independencia Nacional
01/07/2023
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Cited Norms
ley 27.423
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Año del Bicentenario de la Declaración de la
Independencia Nacional
Los Señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
Que con motivo del dictado de la acordada n°
27/2023, mediante la cual esta Corte dispuso un incremento
salarial del seis y medio por ciento (6,5 %) a partir del
primero de julio de 2023, remunerativo y bonificable, para
todas las categorías del escalafón del Poder Judicial de la
Nación, corresponde actualizar el valor de la Unidad de
Medida Arancelaria (UMA) –fijado por última vez por
acordada n° 19/2023- en cumplimiento de lo dispuesto por el
art. 19 de la ley 27.423 y teniendo en cuenta las pautas
establecidas por el Tribunal mediante la acordada n°
27/2018,
según
lo
informado
por
la
Dirección
de
Administración con fecha 8 de septiembre del corriente año.
Por ello,
ACORDARON:
1) Hacer saber que en función de lo
dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 el valor de la
Unidad de Medida Arancelaria (UMA) equivale a la suma de
VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 20.595) a partir
del 1 de julio de 2023.
ACORDADA Nº 29/2023 EXPEDIENTE Nº 7317/2022
Buenos Aires, 22 de septiembre de 2023.-
2) Disponer la publicación de la presente
acordada en el sitio institucional de esta Corte Suprema de
Justicia de la Nación, en cumplimiento de lo previsto en el
primer párrafo de la referida norma.
3) Poner en conocimiento de la presente a
las distintas Cámaras Federales y Nacionales y, por su
intermedio, a los tribunales que de ellas dependen y a los
Tribunales Orales con asiento en las provincias.
Todo
lo
cual
dispusieron
y
mandaron,
ordenando que se comunique, se publique en el Boletín
Oficial, en la página web del Tribunal y en el Centro de
Información
Judicial
y
se
registre
en
el
libro
correspondiente; de lo que doy fe.
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis
Firmado Digitalmente por CLERICI Luis Sebastian
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