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“Cámara Federal de Apelaciones de Rosario s/ Informe de Unidad de Auditoría Interna”

31/10/2018 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
PENAL

Keywords / Subjects

DELITO ESTAFA CONCURSO EJECUCIÓN

Cited Norms

ley 1285/58 Resolución n° 26 Resolución n° 26

Ruling Text

Corte Suprema de Justicia de la Nación VISTO el expediente n° 32/2010 caratulado “Cámara Federal de Apelaciones de Rosario s/ Informe de Unidad de Auditoría Interna”, y Considerando: 1°) Que por los fundamentos vertidos en la Resolución n° 26/2012, el Tribunal declaró cesante al arquitecto Carlos Enrique Rodríguez Nielsen, Intendente de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, con motivo de irregularidades detectadas en su gestión administrativo- contable, en remesas de fondos girados y rendiciones de cuentas; y aclaró que dicha medida disciplinaria podía agravarse si el agente resultaba condenado en la causa penal que se instruía por los mismos hechos (Conf. 404/409). 2°) Que el Tribunal Oral Federal n° 1 de Rosario remite para conocimiento de esta Corte copia de la sentencia dictada el 31 de octubre de 2018, en la causa FRO. RESOLUCION Nº 19/2020 EXPEDIENTE Nº 32/2010 Buenos Aires, 11 de diciembre de 2020.- 32000182/2011 “Rodríguez Nielsen, Carlos Enrique s/ malversación de caudales públicos (art. 260)”, sobre cuya base y por acuerdo de partes, el ex agente fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional, como autor penalmente responsable de los delitos de malversación de caudales públicos; peculado en concurso ideal con el delito de falsificación o uso de documento privado; y estafa en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; multa e inhabilitación absoluta y especial perpetua para ejercer un cargo público (Conf. fs. 492/513 y 515). Por ello, SE RESUELVE: Convertir en exoneración la sanción dictada en la Resolución n° 26/2012 (art. 16 del decreto-ley 1285/58). Regístrese, hágase saber y fecho, estese al archivo oportunamente dispuesto. Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por HIGHTON Elena Ines Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos