Empleados de la Justicia de la Nación y otro c EN -DNU 575 25
17/12/2025
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Voces / Materias
DOMINIO
PROPIEDAD
TASA
Normas Citadas
ley 23.853
Código
Penal de la Nación
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Visto lo resuelto en autos 36655/2025 "Unión de
Empleados de la Justicia de la Nación y otro c/EN -DNU 575/25
s/MEDIDA
CAUTELAR
(AUTÓNOMA)",
por
el
Juzgado
Contencioso
Administrativo Federal nro. 9, con fecha 22/10/2025, y
CONSIDERANDO:
I.
Que en las actuaciones 1.1, el Juez Federal a cargo
del Juzgado Federal de San Luis, Dr. Juan Esteban Maqueda, dispuso
que el automotor marca Jeep, modelo Renegade, dominio AC260UI,
secuestrado en el marco de la causa FMZ N° 44309/2018, caratulada:
“NN: N.N S/ FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PUBLICOS. DENUNCIANTE:
ACOSTA, VICTOR ARMANDO” quede a exclusiva disposición del Alto
Tribunal, en los términos de la acordada N° 22/2025.
II.
Que la acordada N°22/2025 -punto 2° del anexo I-
establece que esta Corte podrá disponer provisoriamente, por
razones de un mejor servicio de justicia, de aquellos bienes
muebles
que
hubieren
sido
secuestrados
en
los
términos
establecidos en el art. 3 de la ley 23.853 y el art. 23 del Código
Penal de la Nación.
III.
Que asimismo, de conformidad con lo establecido en
el punto 2° inc. C) del anexo I de la acordada n° 22/2025 y punto
dispositivo 1 inc. “I” de la Resolución C.S.J.N N° 3579/2024, se
delegó en la Secretaría General de Administración, la facultad de
afectar o desafectar vehículos secuestrados o decomisados en los
términos de la acordada precedentemente mencionada.
RESOLUCION SGA Nº 3238/2025 EXPEDIENTE Nº 6955/2025
Buenos Aires, 17 de diciembre de 2025.-
IV.
Que en estas condiciones, es necesario adecuar la
documentación del vehículo citado a las disposiciones vigentes.
Por ello,
SE RESUELVE:
1°) Afectar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación
el automotor marca Jeep, modelo Renegade, dominio AC260UI.
2°) Disponer, por intermedio de la Dirección de Gestión
Interna e Infraestructura, la tasación de la unidad mencionada en
el punto anterior.
3°) Ordenar a la Dirección Nacional de la Propiedad
Automotor que expida la documentación que corresponda, autorizando
para su suscripción a la Dirección de Gestión Interna e
Infraestructura.
Regístrese, comuníquese al Juzgado Federal de San Luis
y remítase a la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura del
Tribunal.
Firmado Digitalmente por PRATAVIERA Gerardo Gabriel
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