Que la Cámara Federal de Apelaciones de Salta,
20/02/2026
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Voces / Materias
COMPETENCIA
Normas Citadas
ley 27.439
acordada 34/1977
acordada 12/2024
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Vistos los autos de referencia, y
CONSIDERANDO:
I.
Que la Cámara Federal de Apelaciones de Salta,
mediante acordada n° 1/26, designó al secretario del Tribunal Oral
en lo Criminal Federal n° 1 de Salta, Dr. Hugo Federico Mezzena,
como juez subrogante ante los Juzgados Federales de San Ramón de
la Nueva Orán y de Tartagal desde el 9 hasta el 20 de febrero de
2026.
II. Que al tomar conocimiento de la citada acordada, se
consultó al Tribunal Oral si el funcionario solicitó oportunamente
licencia en su cargo para cumplir las funciones como juez
subrogante; la presidenta de ese tribunal Oral informó que “la
solicitud de licencia no pudo ser formalizada en tiempo oportuno
por las vías habituales, circunstancia directamente vinculada con
la premura y excepcionalidad” que determinaron su nombramiento.
III. Que es competencia de la Corte Suprema decidir las
licencias extraordinarias en los términos del art. 11 del R.L.J.N.
(cfr. res. nros. 1718/2019, 3152/2019, 3281/2022, 3282/2022,
2232/2025 y 2263/2025, entre otras).
IV. Que en las condiciones expresadas, corresponde
considerar en uso de licencia sin goce de haberes en los términos
del
art.
11
del
Régimen
de
Licencias
para
Magistrados,
Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional (acordada 34/1977
RESOLUCION CSJN Nº 704/2026 EXPEDIENTE Nº 522/2026
Buenos Aires, 16 de abril de 2026.-
y sus modificatorias) al secretario del Tribunal Oral en lo
Criminal Federal n° 1 de Salta, Dr. Hugo Federico Mezzena, desde
el 9 hasta el 20 de febrero de 2026.
V. Que es importante señalar que la actuación de este
Tribunal se limita al otorgamiento de la licencia extraordinaria
sin goce de haberes al funcionario por el período durante el cual
no prestó servicios como secretario del Tribunal Oral en lo
Criminal y Correccional Federal n° 1 de Salta. Esto es así por
cuanto el régimen de subrogancias aprobado por ley 27.439
establece como autoridades de aplicación del mismo a las cámaras
nacionales y federales y Consejo de la Magistratura, en el ámbito
de sus respectivas competencias.
VI. Que no obstante ello, es menester advertir a la
Cámara Federal de Apelaciones de Salta que deberá abstenerse de
poner en funciones a agentes que para desempeñarlas necesitan
licencia concedida con anterioridad por la Corte Suprema (cfr.
res. n° 2232/2025).
VII. Que la medida se adopta tomando en cuenta la
cantidad de Ministros habilitados que participan de la decisión y
lo establecido, en lo pertinente, en el punto dispositivo segundo
de la acordada 12/2024.
Por ello,
SE RESUELVE:
1) Considerar en uso de licencia sin goce de haberes,
en los términos del artículo 11 del Régimen de Licencias para
Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional, al
secretario del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 1 de Salta
Hugo Federico Mezzena, desde el 9 hasta el 20 de febrero de 2026.
Corte Suprema de Justicia de la Nación
2) Hacer saber a la Cámara Federal de Apelaciones de
Salta lo indicado en el considerando VI de la presente.
Regístrese, hágase saber a la Cámara Federal de
Apelaciones de Salta y al Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°
1 de Salta y, por su intermedio, al interesado, y oportunamente
archívese.
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis
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