Empleados de la Justicia de la Nación y otro c EN -DNU 575 25
18/06/2026
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Keywords / Subjects
DOMINIO
PROPIEDAD
TASA
Cited Norms
ley 23.853
Código
Penal de la Nación
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Visto lo resuelto en autos 36655/2025 "Unión de
Empleados de la Justicia de la Nación y otro c/EN -DNU 575/25
s/MEDIDA
CAUTELAR
(AUTÓNOMA)",
por
el
Juzgado
Contencioso
Administrativo Federal nro. 9, con fecha 22/10/2025, que fuera
confirmado por la Sala I de la Cámara en lo Contencioso
Administrativo Federal en fecha 26/12/2025, y
CONSIDERANDO:
I.
Que en las actuaciones 1.2, el Tribunal Oral en lo
Criminal Federal N° 1 de Mendoza, dispuso –entre otros- que los
automotores marca, modelo, dominio: Toyota, Hilux, AC893LI y
Toyota, Hilux, AA431DT, secuestrados en el marco de la causa FMZ
N° 21303/2019, caratulada: “Principal en Tribunal Oral TO01 -
IMPUTADO:
ORTEGA
PEREZ
(DC3),
JAVIER
SANTOS
Y
OTROS
s/ENCUBRIMIENTO DE CONTRABANDO, ARTICULO 874, INC. 1, AP. D) -
CODIGO ADUANERO. QUERELLANTE: AFIP (CD3), DGA Y OTROS” queden a
exclusiva disposición del Alto Tribunal.
II.
Que la acordada N°22/2025 -punto 2° del anexo I-
establece que esta Corte podrá disponer provisoriamente, por
razones de un mejor servicio de justicia, de aquellos bienes
muebles
que
hubieren
sido
secuestrados
en
los
términos
establecidos en el art. 3 de la ley 23.853 y el art. 23 del Código
Penal de la Nación.
III.
Que asimismo, de conformidad con lo establecido en
el punto 2° inc. C) del anexo I de la acordada n° 22/2025 y punto
RESOLUCION SGA Nº 1421/2026 EXPEDIENTE Nº 6761/2024
Buenos Aires, 18 de junio de 2026.-
dispositivo 1 inc. “I” de la Resolución C.S.J.N N° 3579/2024, se
delegó en la Secretaría General de Administración, la facultad de
afectar o desafectar vehículos secuestrados o decomisados en los
términos de la acordada precedentemente mencionada.
IV.
Que en estas condiciones, es necesario adecuar la
documentación de los vehículos citados a las disposiciones
vigentes.
Por ello,
SE RESUELVE:
1°) Afectar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación
los automotores marca, modelo, dominio: Toyota, Hilux, AC893LI y
Toyota, Hilux, AA431DT.
2°) Disponer, por intermedio de la Dirección de Gestión
Interna e Infraestructura, la tasación de las unidades mencionadas
en el punto anterior.
3°) Ordenar a la Dirección Nacional de la Propiedad
Automotor que expida la documentación que corresponda, autorizando
para su suscripción a la Dirección de Gestión Interna e
Infraestructura.
Regístrese, comuníquese al Tribunal Oral en lo Criminal
Federal N° 1 de Mendoza y remítase a la Dirección de Gestión
Interna e Infraestructura del Tribunal.
Firmado Digitalmente por PRATAVIERA Gerardo Gabriel
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