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Que el oficial Felipe Ramella, quien se desempeña

15/07/2025 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
ELECTORAL

Voces / Materias

ELECTORAL

Normas Citadas

decreto n° 4107/84 resolución n° 457 acordada 12/2024

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Vistos los autos de referencia, y CONSIDERANDO: I. Que el oficial Felipe Ramella, quien se desempeña en la Cámara Nacional Electoral, solicita que la bonificación adicional en virtud de su título de licenciado en dirección de negocios concedida por resolución n° 457/2021 en los términos del art. 44, punto I, inciso b (15%) del decreto n° 4107/84, le sea abonada de conformidad con el inciso a (25%) de la norma citada – conf. fs. 79 y 89-. II. Que a los fines de acceder a lo solicitado, el interesado funda su petición en lo establecido por el art. 44, punto II, del decreto n° 4107/84 y acompaña copias de planes de estudios correspondientes a licenciaturas en administración dictadas en diversas universidades, las cuales tienen una duración prevista de (5) cinco años –conf. fs. 89/147-. III. Que el mencionado decreto establece en el art. 44, punto II que “Los títulos universitarios o de estudios superiores que acrediten una misma incumbencia profesional se bonificarán en igual forma, aun cuando hubieran sido obtenidos con arreglo a planes de estudio de distinta duración, teniendo en cuenta la máxima prevista para la carrera”. IV. Que la Dirección Nacional de Gestión Universitaria dependiente de la Subsecretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Capital Humano indicó que el título que el RESOLUCION CSJN Nº 1543/2025 EXPEDIENTE Nº 7595/2019 Buenos Aires, 15 de julio de 2025.- interesado posee y las carreras mencionadas son titulaciones afines y resultan equivalentes en cuanto al nivel académico –conf. fs. 259/263-. V. Que de conformidad con las constancias obrantes a fojas 89/147 y a lo informado por la Dirección Nacional de Gestión Universitaria, corresponde hacer lugar a lo solicitado y disponer la bonificación adicional con el alcance previsto en el art. 44, punto I, inc. a del dto. 4107/84. Ello, mientras el interesado continúe cumpliendo las referidas funciones en dicha dependencia. VI. Que la medida se adopta tomando en cuenta la cantidad de Ministros habilitados que participan de la decisión y lo establecido, en lo pertinente, en el punto dispositivo segundo de la acordada 12/2024. Por ello, SE RESUELVE: Hacer saber a la Administración General del Consejo de la Magistratura que corresponde liquidar la bonificación adicional por título a favor del oficial Felipe Ramella, con el alcance establecido en el considerando quinto de la presente y sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en el art. 8, inc. i) del R.J.N.. Regístrese, hágase saber, comuníquese con copias de las fojas citadas a la mencionada administración y, oportunamente, archívese. Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis