I. Que María Eugenia Wayar de Buitrago, oficial de la
30/04/2026
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Cited Norms
acordada 12/2024
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Vistos los autos de referencia, y
CONSIDERANDO:
I. Que María Eugenia Wayar de Buitrago, oficial de la
Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, solicita que se le
otorgue licencia extraordinaria con goce de haberes desde el 27 al
30 de abril de 2026 inclusive, por los motivos invocados y en
razón de haber agotado el plazo previsto en el artículo 29 del
Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de
la Justicia Nacional.
II. Que ha tomado intervención la Cámara Federal de
Apelaciones de Tucumán sin formular objeciones, toda vez que no se
vería afectada la correcta prestación del servicio de justicia.
III. Que, en el caso, median razones debidamente
acreditadas que resulta necesario contemplar, pues –conforme lo
informado- la agente agotó los días de licencia por atención de
familiar enfermo previsto en el artículo 29 del R.L.M.F.E.J.N.,
por lo que corresponde hacer lugar a lo requerido (conf.
precedentes de resoluciones nros. 3258/2020; 3285/2022; 774/2024;
2624/2024; 3773/2024 y 451/2025, entre otros).
IV. Que la presente resolución se dicta en virtud de
las facultades conferidas en el artículo 11 del Régimen de
Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la
Justicia Nacional.
RESOLUCION CSJN Nº 1239/2026 EXPEDIENTE Nº 5936/2025
Buenos Aires, 28 de mayo de 2026.-
V. Que la medida se adopta tomando en cuenta la
cantidad de Ministros habilitados que participan de la decisión y
lo establecido, en lo pertinente, en el punto dispositivo segundo
de la acordada 12/2024.
Por ello,
SE RESUELVE:
Considerar en uso de licencia con goce de haberes a
María Eugenia Wayar de Buitrago, oficial de la Cámara Federal de
Apelaciones de Tucumán, del 27 al 30 de abril de 2026, en los
términos
del
artículo
11
del
Régimen
de
Licencias
para
Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional.
Regístrese, hágase saber y oportunamente archívese.-
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis
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