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Suprema de Justicia de la Nación; y

30/11/2020 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
CIVIL

Voces / Materias

CONTRATO

Normas Citadas

decreto 5720/72 Resolución N° 2137 Resolución Nº 1562 Resolución N° 548

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Vistas las presentes actuaciones mediante las cuales se tramitó la adquisición de elementos de higiene y seguridad con destino a la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 2137/2020 (ver fs. 174) se adjudicó la provisión de los renglones Nos. 3 y 6 MEDINA LAURA LORENA seis mil cien ($ 6.100,00.-) procediéndose en consecuencia a emitir la orden de compra N° 425/2020 (confr. fs. 189 a 190). Que conforme surge de la factura, cuya copia se agrega a fs. 214 y del informe de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a fs. 215, la empresa adjudicataria realizó la provisión del renglón N° 6 el día 30 de noviembre de 2020, vencido el plazo de entrega que operó el día 22 de octubre de 2020, por lo cual se produjo una mora de veintiséis días (26) días hábiles en el cumplimiento del contrato. Que en concordancia con lo establecido en el inciso 118°, de la reglamentación del artículo 61° del régimen establecido en el decreto 5720/72- adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de la Nación (Resolución Nº 1562/00), le corresponde la aplicación de una multa del cuatro por ciento (4%) del monto incumplido. Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por Resolución N° 548/21, SE RESUELVE: 1°) Aplicar a la firma MEDINA LAURA LORENA la sanción de multa en el cumplimiento del contrato formalizado mediante la emisión de la orden de compra N° 425/2020, equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto incumplido de la provisión antedicha, por la suma de pesos ciento ochenta y uno con dieciocho centavos ($ 180,00.-), por las razones invocadas precedentemente. 2°) Deducir de la factura N° 00003-00000038, obrante en el expediente N°5081/2020, el importe de la multa determinada en el punto 1°). Regístrese, comuníquese a la firma, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de internet y gírese a la Dirección de Administración. AGR