Que de acuerdo a la autorización conferida mediante resolución DA n°
04/11/2022
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
ADMINISTRATIVO
Cited Norms
decreto 5720/72
decreto nº 5720/72
resolución nº 637
resolución n° 1562
resolución n° 1455
resolución n°637
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Visto que por las presentes actuaciones tramita la provisión de artículos de librería con destino
a la Oficina de Servicios Generales de la Morgue Judicial y;
Considerando:
Que de acuerdo a la autorización conferida mediante resolución DA n°
1700/2022 (conf. fs. 209) se convocó la licitación pública efectuando las publicaciones
ordenadas los días 3 y 4 de agosto 2022 (conf. fs. 227 y 238), e incluyéndose a fs. 368/571 su
acta de apertura y las ofertas recibidas, como así también a fs. 587/593 el cuadro comparativo
de precios.
Que a fs. 606 el Departamento de Liquidaciones informa que la oferta n° 3
“MBG COMERCIAL S.R.L.” mediante resolución DA n° 2156/2021 (conf. fs. 599) ha sido
pasible de penalidades en el ámbito del Tribunal y las ofertas n° 1 “ERRE DE S.R.L.” y n° 2
“VISAPEL S.A.” mediante resoluciones A.G n° 2783/22 y 1269/21 (conf. fs. 601/602 y
604/605) respectivamente, han sido pasible de penalidades en el ámbito del Consejo de la
Magistratura.
Que a fs. 667/668 y 691 la Comisión de Preadjudicaciones contemplando el
informe agregado a fs. 666 por la Oficina de Servicios Generales de la Morgue Judicial, emitió
el dictamen nº 371/22 y 371/22 BIS, expresando que el área técnica pertinente, a efectos de
evitar el fracaso de la convocatoria y atento la necesidad de contar con los elementos para el
normal funcionamiento de la citada dependencia, solicita hacer uso de la excepción a que se
refiere la resolución nº 637/94, para las ofertas n° 1 “ERRE DE S.R.L.” , n° 2 “VISAPEL S.A.”
y n° 3 “MBG COMERCIAL S.R.L.”; las cuales resultan técnicamente admisibles y
convenientes en los renglones informados por el área técnica.
Que se ha cumplido con la publicación establecida por el artículo 61, inciso 78°)
RESOLUCION DA Nº 2676/2022 EXPEDIENTE Nº 5562/2020
Buenos Aires, 4 de noviembre de 2022.-
del decreto 5720/72 (ver. fs. 697), y vencido el plazo no se han producido impugnaciones.
Que a fs. 716 obra la constancia de las reservas de fondo efectuadas con cargo
a la partida presupuestaria del ejercicio financiero pertinente.
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Jurídica de la Dirección Jurídica
General.
Que dicho procedimiento encuadró en el artículo 55° del régimen establecido en
el decreto nº 5720/72 adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de la
Nación (resolución n° 1562/2000 y 894/2021).
Por ello, y en virtud a las atribuciones conferidas mediante resolución n° 1455/22,
SE RESUELVE:
1°) Desestimar de las ofertas n° 1 “ERRE DE S.R.L.”, n° 2 “VISAPEL S.A.” y
n° 3 “MBG COMERCIAL S.R.L.” por las razones expuestas en el considerando segundo la
totalidad de los renglones ofertados que no resulten adjudicados de conformidad con el punto
resolutivo 5.
2°) Desestimar de la oferta n° 1 “ERRE DE S.R.L.” el renglón n° 43 -por no
cumplir técnicamente con lo solicitado en el pliego de bases y condiciones-.
3°) Desestimar -por precios que no guardan una adecuada relación con aquellos
que pueden ser considerados equitativos de mercado-, de la oferta n° 1 “ERRE DE S.R.L.” los
renglones 1, 2, 12, 17, 18, 20, 21, 31, 37, 38, 39, 42, 59, 76, 87, 88, 89, 90, 106, 108, 113, 131,
139 y 148; de la oferta n° 2 “VISAPEL S.A.” los renglones 1, 2, 12, 17, 18, 20, 21, 31, 43, 59,
76, 87, 88, 89 y 90 y de la oferta n° 3 “MBG COMERCIAL S.R.L.” los renglones 1, 2, 12, 17,
18, 20, 21, 31, 37, 38, 39, 42, 43, 59, 68, 76, 87, 88, 89, 90, 96, 97, 106, 108, 113, 126, 127,
128, 131, 133, 139, 148 y 153.
4°) Declarar fracasados los renglones 1, 2, 12, 17, 18, 20, 21, 31, 37, 38, 39, 42,
43, 59, 68, 76, 87, 88, 89, 90, 96, 97, 106, 108, 113, 126, 127, 128, 131, 133, 139, 148 y 153 -
por falta de ofertas convenientes y admisibles- y desiertos los renglones 75 y 109 -por falta de
ofertas- y efectuar los trámites necesarios a fin de lograr su adquisición.
5°) Adjudicar la provisión de artículos de librería con destino a la Oficina de
Servicios Generales de la Morgue Judicial, a las ofertas n° 1 “ERRE DE S.R.L” los renglones
3, 4, 7, 19, 26, 36, 53, 55, 64 -según muestra-, 65, 66, 67, 70, 72, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84,
98, 99, 104, 117, 124, 125, 130, 135, 147, 149 y 154, -por resultar conveniente en los términos
de la resolución n°637/94 el Tribunal- y -por menor precio-, por la suma total de pesos dos
millones setecientos quince mil cuarenta y cinco con noventa y cinco centavos ($ 2.715.045,95.-
) de acuerdo a su propuesta de fs. 369/429 y 622; a la oferta n° 2 “VISAPEL S.A.” los renglones
5, 10, 13, 14, 15, 16, 22, 23, 24 -según muestra-, 25 -según muestra-, 27, 28, 29, 30, 32, 34, 35,
48, 50, 51, 52, 54, 56, 57 -según muestra-, 62, 63, 69, 73, 91, 92, 93, 94, 95, 100, 101, 102, 107,
110, 116, 118, 120 y 132 -por resultar conveniente en los términos de la resolución n°637/94 el
Tribunal- y -por menor precio-, por la suma total de pesos novecientos ochenta y cuatro mil
trescientos ochenta ($ 984.380.-) de acuerdo a su propuesta de fs. 430/528 y 700/707; y a la
oferta n° 3 “MBG COMERCIAL S.R.L.” los renglones 6, 8, 9, 11, 33, 40, 41, 44, 45, 46, 47,
49, 58, 60, 61, 71, 74, 85, 86, 103, 105, 111, 112, 114, 115, 119, 121, 122, 123, 129, 134, 136,
137, 138, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 150, 151 y 152, -por resultar conveniente en los
términos de la resolución n°637/94 el Tribunal- y -por menor precio-, por la suma total de pesos
setecientos setenta mil ciento sesenta y ocho con cincuenta centavos ($ 770.168,50.-) de
acuerdo a su propuesta de fs. 527/571.
6º) Imputar el gasto resultante que asciende a la suma total de pesos cuatro
millones cuatrocientos sesenta y nueve mil quinientos noventa y cuatro con cuarenta y cinco
centavos ($ 4.469.594,45.-) a las cuentas presupuestarias pertinentes del ejercicio financiero
que corresponda, previo a la emisión de las respectivas ordenes de compra.
Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
en internet, y gírese sucesivamente al Departamento de Contabilidad y Presupuesto y
Subdirección de Compras.
BG
Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria
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