I Que la Obra Social del Poder Judicial de la
24/08/2022
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
ADMINISTRATIVO
Normas Citadas
resolución
2224
resolución 1833
acordada 22/2021
acordada 4/2021
acordada 19/2021
acordada 1/2022
Acordada 22/2021
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
VISTO lo dispuesto en la acordada 22/2021 y resolución
2224/2021; y
CONSIDERANDO:
I) Que la Obra Social del Poder Judicial de la
Nación
es
un
organismo
con
autonomía
de
gestión,
individualidad administrativa y financiera, cuyo objetivo
fundamental es prestar a sus afiliados servicios de salud
mediante
una
amplia
cobertura
médico
asistencial
y
odontológica,
sin
perjuicio
de
realizar
otro
tipo
de
prestaciones sociales (conf. arts. 1° y 2° del Estatuto
aprobado por la Acordada n° 5/2008 y sus modificatorias).
II)
Que
con
el
objeto
de
dar
pleno
cumplimiento a la misión específica asignada a la Obra Social,
esta
Corte
ha
venido
instrumentando
diversas
medidas
destinadas a modernizar las herramientas técnicas con las que
contaba el organismo para la concreción del objetivo reseñado,
procurando garantizar la máxima transparencia en su gestión.
RESOLUCION CSJN N 2095/2022 EXPEDIENTE N 5188/2021
ESCRITO N 2382/2022
Buenos Aires, 24 de agosto de 2022.-
III) Que en este marco el Tribunal adoptó
distintas acciones con el objeto de implementar avances
informáticos en la entidad, acordes a las necesidades y
características propias de dicho organismo de forma de lograr
la mejor consecución de sus objetivos, misiones y finalidades.
A tal fin, esta Corte dispuso la creación de
una Comisión de Informatización de la Obra Social del Poder
Judicial de la Nación con el propósito de llevar adelante e
implementar los objetivos propuestos de modernización de los
instrumentos y herramientas técnicas con que cuenta la
institución (acordada 4/2021).
IV) Que, como consecuencia de las tareas
desarrolladas por esa Comisión, se implementó un nuevo sitio
web, se generó una herramienta para obtener turnos de manera
on-line, se efectuó la registración de la firma digital para
el personal designado por la Obra Social con el objeto de
posibilitar la firma digital de documentos y agilizar de esta
manera los trámites administrativos, se pusieron a disposición
de esa entidad distintos programas informáticos desarrollados
por la Dirección de Sistemas y se avanzó en la eliminación de
los bonos papel.
Paralelamente, el Tribunal instruyó a la Obra
Social
a
impulsar
“de
manera
urgente
los
trámites
correspondientes a los procesos licitatorios de adquisición
del Software de Gestión y del grupo electrógeno, a partir de
los pliegos licitatorios presentados por la Comisión de
Informatización” (resolución 1833/2021).
V) Que en el mismo proceso de modernización y
para un mejor cumplimiento de los propósitos, misiones y
finalidades de la Obra Social, se formalizó el encuadre de esa
dependencia dentro de la órbita de la Secretaría General de
Administración del Tribunal y se procedió a completar la
integración del Directorio mediante la designación de nuevas
autoridades (conf. acordada 19/2021, art. 1° del nuevo
Estatuto de la Obra Social aprobado por acordada 1/2022 y
resoluciones 2223/2021 y 2519/2021).
VI) Que, por otra parte, a causa de las
observaciones
formuladas
por
la
Secretaría
General
de
Administración (detalladas en el Informe n° 1 de Supervisión
de la Obra Social), el Tribunal ordenó la realización de una
auditoría económica, financiera, de legalidad y de gestión a
cargo de una comisión conformada por abogados, médicos y
contadores públicos nacionales para el período comprendido
entre el 7 de abril de 2008 y el 28 de septiembre de 2021
(acordada 22/2021).
VII) Que en ese mismo acto se dispuso reformar
la integración del órgano de auditoría interna de la Obra
Social, se confirió a los auditores independencia y autonomía
funcional y se señaló que sólo podrían ser removidos de sus
funciones por el Tribunal mediando causal fundada. También se
remarcó que sus funciones eran independientes de otros
mecanismos de control que pudiera disponer el Tribunal y/o el
Directorio (confr. punto resolutivo 5 de la acordada 22/2021 y
art. 30 del Estatuto aprobado por acordada 1/2022).
VIII)
Que
recientemente,
la
Comisión
de
Auditoría mencionada en el considerando VI) presentó a este
Tribunal el informe que le fuera encomendado, en el cual se da
cuenta de disfuncionalidades de diverso orden, que esta Corte
considera necesario remediar.
IX) Que, por todo lo expuesto, corresponde
instruir al Directorio de la Obra Social en los términos que
surgen de la parte dispositiva de la presente. Ello, sin
perjuicio de otras medidas que en el futuro pueda ordenar el
Tribunal.
SE RESUELVE:
1°.- Disponer la publicación del Informe de
Auditoria ordenado por la Acordada 22/2021 en el Centro de
Información Judicial de esta Corte.
2°.- Solicitar informe al Directorio de la
Obra Social del Poder Judicial de la Nación sobre el contenido
de la auditoría mencionada.
3°.- Ordenar al Directorio de la Obra Social
del Poder Judicial de la Nación que adopte las siguientes
medidas:
1. Presupuesto: elaborar un presupuesto
anual a fin de contar con una herramienta indispensable de
control económico y financiero de la institución (cf. artículo
23, inciso 28 del Estatuto).
2.
Estados
contables:
implementar
un
sistema formal de contabilidad y confeccionar los estados
contables de acuerdo con los criterios generales de la
disciplina (cf. artículo 24, inciso 16 del Estatuto). La
auditoría de dichos estados contables deberá ser efectuada por
profesionales que guarden absoluta independencia respecto de
quienes los confeccionen.
3. Software de gestión: concretar los
trámites correspondientes a los procesos licitatorios de
adquisición del software de gestión a partir de los pliegos
presentados por la Comisión de Informatización creada por
acordada 4/2021. Dicho software deberá incluir un módulo de
contabilidad que permita concentrar en una misma base de datos
la totalidad de los movimientos económicos y financieros.
4. Medidas transitorias: hasta tanto se dé
cumplimiento a los puntos anteriores, deberá adoptar todas las
medidas presupuestarias, contables y de gestión para dar un
funcionamiento consistente, transparente y ordenado a la Obra
Social.
5. Procedimientos de actuación interna:
aprobar los manuales de procedimientos para todas las áreas de
la obra social (cf. artículo 24, inciso 16 del Estatuto).
6.
Organigrama:
aprobar
y
poner
en
conocimiento de esta Corte un nuevo organigrama que procure un
funcionamiento
ágil,
eficiente
y
transparente
de
la
institución (artículo 4° de la acordada 1/2022).
7. Contrataciones: aprobar los reglamentos
para la suscripción de contratos y convenios con prestadores
(artículos 3 y 23, inciso 20 del Estatuto).
Regístrese, comuníquese a la Obra Social del Poder Judicial de
la Nación y publíquese en el portal de Internet de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación.
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis
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