I. Que la señora Marcela Bibiana Gauna solicita el
30/03/2026
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
ADMINISTRATIVO
Keywords / Subjects
REVISIÓN
JUBILACIÓN
Cited Norms
ley
24.018
resolución
n° 3579
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Vistos los autos de referencia, y
CONSIDERANDO:
I. Que la señora Marcela Bibiana Gauna solicita el
pago del anticipo de jubilación normado en el art. 11 de la ley
24.018 y modificatorias, en atención a que se desempeñaba como
prosecretaria administrativa del Juzgado Nacional de Primera
Instancia en lo Civil n° 25 y le fue aceptada la renuncia
definitiva a partir del 1/03/2026 –actuación n° 1.1.5/14 y 29/39-.
II. Que según surge de las constancias acompañadas
por el Departamento de Previsión y Asistencia Social del Consejo
de la Magistratura, a la interesada le fue reconocido el derecho a
la jubilación el 07/05/2025 y se le otorgó el cese definitivo en
sus funciones en la fecha precedentemente señalada, pero aún no
percibe el mencionado beneficio –actuación n° 1.1.15/27 y 59-.
III. Que, por lo expuesto, teniendo en cuenta la
finalidad de la norma citada y en atención al carácter alimentario
y asistencial del beneficio en cuestión corresponde hacer lugar a
lo solicitado –conf. res. n° 1901/2021-.
IV. Que la presente medida se dicta conforme a lo
establecido en el punto resolutivo 1°, inciso c), de la resolución
n° 3579/2024 del Tribunal.
Por ello,
SE RESUELVE:
RESOLUCION SGA Nº 525/2026 EXPEDIENTE Nº 1558/2026
Buenos Aires, 30 de marzo de 2026.-
Hacer saber a la Administración General del Consejo
de la Magistratura que, previa verificación de los extremos que
invoca la señora Marcela Bibiana Gauna, corresponde liquidar el
anticipo
establecido
en
el
art.
11
de
la
ley
24.018
y
modificatorias, a favor de aquella hasta el efectivo cobro de la
jubilación.
Regístrese y hágase saber.-
Firmado Digitalmente por PRATAVIERA Gerardo Gabriel
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