Independencia Nacional
03/04/2023
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
ADMINISTRATIVO
Cited Norms
ley 6848/63
ley 16.478
Ley 16.478
ley 27.437
Ley 27.437
acordada 34/81
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Año del Bicentenario de la Declaración de la
Independencia Nacional
Vistos los autos de referencia, y
CONSIDERANDO:
I.-
Que
la
Cámara
Federal
de
Apelaciones de Córdoba eleva la petición del titular del
Juzgado Federal de Villa María, mediante la cual solicita
autorización para proceder a la destrucción de expedientes
que fueron archivados entre los años 2008 y 2011 de la
Secretaría Civil, Comercial y Administrativo a su cargo, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 18 del
decreto ley 6848/63, ratificado por ley 16.478 y
modificado por los decretos leyes nros. 17.292, 17.779,
18.328 y en la reglamentación vigente del Archivo General
del Poder Judicial de la Nación (actuaciones 1.1.9).
II.- Que la Subdirectora General del
Archivo tomó intervención acorde con la potestad brindada
por el art. 7° inc. j de la acordada 34/81 y expresó que
RESOLUCION CSJN Nº 678/2023 EXPEDIENTE Nº 7322/2022
Buenos Aires, 3 de abril de 2023.-
las autorizaciones de destrucción solicitadas cumplen “con
todos los requisitos establecidos en el art. 17 del D.L
6848/63, ratificado por Ley 16.478” (actuaciones 5.1).
III.- Que no existen impedimentos para
acceder a lo solicitado, siempre que se adopten los
recaudos mínimos necesarios para la debida documentación
del acto de destrucción (cfr. res. 433/87).
IV.- Que asimismo, no hay objeciones
que formular respecto de la autorización para proceder a la
posterior donación del papel al “Hospital Garraham”, en
virtud de lo dispuesto por el art. 76 de la ley 27.437.
Por ello,
SE RESUELVE:
I) Autorizar al Juzgado Federal de
Villa María a proceder a la destrucción de los expedientes
mencionados en el considerando I, previa documentación del
acto de destrucción mediante acta en doble ejemplar con
intervención del Archivo de Actuaciones Judiciales y
Notariales, sin perjuicio del asiento correspondiente en
los libros de entradas y salidas del juzgado.
II) Autorizar al juzgado mencionado a
donar el papel resultante al “Hospital Garraham”, en virtud
de lo dispuesto por el art. 76 de la Ley 27.437.
Regístrese,
hágase
saber
y,
oportunamente, archívese.
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis
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