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Independencia Nacional

30/08/2022 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL

Cited Norms

ley 6848/63 ley 16.478 acordada 34/81

Ruling Text

Corte Suprema de Justicia de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Vistos los autos de referencia, y CONSIDERANDO: I.- Que la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario eleva la acordada n° 115/2022 mediante la cual solicita autorización para proceder a la destrucción de 43.045 expedientes -cuyas fechas de archivo van desde el año 1942 al 2001-, conforme a lo requerido por el Encargado del Archivo Unico de los Tribunales Federales de esa ciudad. Encuadra su petición en lo dispuesto por el decreto ley 6848/63 ratificado por ley 16.478 (fs.2/4). II.- Que la Subdirectora General del Archivo del Tribunal tomó intervención, acorde con la potestad brindada por el art. 7° inc. j del Reglamento del Archivo General del Poder Judicial de la Nación -acordada 34/81-, y expresó que la autorización solicitada cumple con todos los requisitos del art. 17 del decreto ley 6848/63, ratificado por ley 16.478 (fs.9). RESOLUCION CSJN N 2186/2022 EXPEDIENTE N 2194/2022 Buenos Aires, 30 de agosto de 2022.- III.- Que no existen impedimentos para acceder a lo solicitado, siempre que se adopten los recaudos mínimos necesarios para la debida documentación del acto de destrucción (cfr. res. 433/87). Por ello, SE RESUELVE: I) Autorizar a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario a proceder a la destrucción de los expedientes mencionados en el considerando I. II) Disponer que los autos a destruir queden documentados mediante acta en doble ejemplar con intervención del Archivo General del Tribunal, sin perjuicio del asiento correspondiente en los libros de entrada y salida del juzgado. Regístrese, hágase saber y, oportunamente, archívese. Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis