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I. Que por Resolución DA N° 3646 2024 ver act. 14 se

07/01/2025 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
CIVIL

Voces / Materias

CONTRATO

Normas Citadas

Acordada 38/2023

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto los autos de referencia, y CONSIDERANDO: I. Que por Resolución DA N° 3646/2024 (ver act. 14) se contrató la adquisición de cartones para legajos con destino al Archivo General del Poder Judicial de la Nación con la firma “CONSERVARTE S.A.” procediéndose en consecuencia a emitir la orden de compra N° 725/2024 (confr. act. 16), recepcionada por el adjudicado con fecha 7 de Enero de 2025 (act. 17.1). II. Que conforme surge de los informes del Archivo General del Poder Judicial de la Nación (act. 23) la empresa adjudicataria realizó la entrega antedicha el día 25 de Febrero de 2025, vencido el plazo de entrega que operó el día 14 de Febrero ppdo., por lo cual se produjo una mora de seis (6) días hábiles, en el cumplimiento del contrato. III. Que atento lo dispuesto por los art. 68 y 71 del Régimen de Contrataciones aprobado por Acordada 38/2023, y corresponde aplicar una multa del uno por ciento (1%) de la prestación cumplida fuera de término y una sanción de apercibimiento. IV. Que de conformidad a lo previsto en el punto 24 a) de las cláusulas generales que rigen la contratación, las penalidades establecidas se afectarán a las facturas al cobro o en trámite emergentes del contrato. V. Que ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos. Por ello, RESOLUCION DA Nº 1113/2025 EXPEDIENTE Nº 6159/2024 Buenos Aires, 3 de junio de 2025.- SE RESUELVE: 1°) Aplicar una multa por mora en la entrega del renglón nro. 1 a la firma “CONSERVARTE S.A.”, por el importe equivalente a pesos veintinueve mil cuatrocientos cinco ($29.405.-) y una sanción de apercibimiento. 2°) Deducir de la factura N° 00003-00001000, obrante en el expediente digital N° 1332/2025, el importe determinado en el punto 1°). Regístrese, comuníquese a la firma, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de internet y gírese a la Dirección de Administración. Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria