← Back to results

Que de acuerdo a la autorización conferida mediante

06/04/2026 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
PROCESAL_EVIDENCIA

Cited Norms

Acordada 31/2025

Ruling Text

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto que por las presentes actuaciones tramita la contratación del servicio de dispensers de agua frío-calor y botellones retornables de agua purificada e ionizada con destino a diversas dependencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el término de doce (12) meses, y CONSIDERANDO: I. Que de acuerdo a la autorización conferida mediante resolución DA nº 535/2026 (conf. fs. 294) se convocó la licitación pública, efectuando la publicación ordenada el día 01 y 06 de abril de 2026 (conf. fs. 299 y 317), e incluyéndose a fs. 342 y 345/413 su acta de apertura y las ofertas recibidas; como así también el cuadro comparativo de precios a fs. 418. II. Que del informe elaborado por el Departamento de Liquidaciones a fs. 422 se desprende -en relación a las firmas que presentaron cotizaciones- que no existen impedimentos para contratar con la Corte Suprema de Justicia de la Nación conforme a lo establecido en artículo 26 inciso c) del Régimen de Contrataciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobado por Acordada n° 38/2023. III. Que a fs. 464 la Comisión de Preadjudicaciones, emitió el dictamen n° 189/2026, contemplando en los aspectos técnicos el informe agregado a fs. 462/463 por la Dirección General de Gestión RESOLUCION DA Nº 1477/2026 EXPEDIENTE Nº 892/2026 Buenos Aires, 19 de junio de 2026.- Interna e Infraestructura de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el cual indica respecto de la oferta n° 1-“AGUA SPARKLING S.A.” que la propuesta económica no se encuentra suscripta por el oferente y tampoco surge suscripta la restante documentación acompañada por la firma. IV. Que a fs. 490 obra constancia de la reserva de fondos con cargo a las partidas presupuestarias pertinentes de los ejercicios financieros correspondientes. V. Que se ha cumplido con la notificación establecida conforme al artículo 55 de la Acordada n° 38/2023 (ver fs. 491) y vencido el plazo no se han producido impugnaciones. VI. Que a fs. 506/507 ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos. VII. Que dicho procedimiento encuadró en el artículo 29° del Régimen de Contrataciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobado por Acordada n° 38/2023. Asimismo, le resulta aplicable el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Acordada 31/2025. Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas mediante el art. 20 a) del anexo I de la Acordada n° 38/2023, SE RESUELVE: 1°) Desestimar la oferta nº 1 “AGUA SPARKLING S.A.”, por no presentar la propuesta económica firmada por el oferente o su representante legal, encuadrándose en las causales de inadmisibilidad de las ofertas establecida en el artículo 47 inc. a) del Régimen de Contrataciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Corte Suprema de Justicia de la Nación 2°) Aprobar la licitación pública relativa a la contratación del servicio de dispensers de agua frío-calor y botellones retornables de agua purificada e ionizada con destino a diversas dependencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el término de doce (12) meses, y adjudicar a la oferta n° 2 “FISCHETTI Y CIA S.R.L”, por oferta más conveniente – única oferta admisible-, el renglón 1 -ítems A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L y M-, hasta la suma total de pesos ciento cincuenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta mil ($ 154.440.000), a razón de pesos seis mil ($ 6.000) por botellón de agua, de acuerdo a su propuesta de fs. 390/413. 3°) Imputar el presente gasto a la cuenta presupuestaria pertinente del ejercicio financiero que corresponda, previo a la emisión de la respectiva orden de compra. Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese sucesivamente al Departamento de Contabilidad y Presupuesto y Subdirección de Compras. MG/MGC Firmado Digitalmente por GILMAN Marcela Karina