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Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación reguló

27/10/2025 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
TRIBUTARIO_FISCAL

Voces / Materias

RESPONSABILIDAD

Normas Citadas

Resolución N° 33 Resolución N° 2818 Resolución N° 2246 resolución N° 4057 Acordada 12/2024 Acordada 76/1984

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto los autos de referencia, y CONSIDERANDO: I. Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación reguló oportunamente el Régimen de Intendencias del Poder Judicial de la Nación, a través de la Resolución N° 33/96 y la Acordada N° 74/96. II. Que mediante Resolución AG N° 2182/06 se dispuso que los “gastos de intendencia” se conformen con la suma de los valores que asignara la Dirección de Administración a cada uno de los edificios que ocupen las dependencias del Tribunal, estableciéndose una metodología especifica para la determinación de dichos valores. III. Que la última actualización de los referidos valores se efectuó por Resolución N° 2818/2023. IV. Que, mediante Acordada N° 15/2024 se transformó la Subdirección de Gestión Interna y Habilitación en Dirección General de Gestión Interna e Infraestructura del Tribunal, dependiente de la Secretaría General de Administración, asignándole entre sus responsabilidades la intervención y asesoramiento en todo lo relativo a la infraestructura física y de servicios de las dependencias del Tribunal V. Que la Resolución N° 2246/2024 dispuso que la intendencia de los inmuebles en los que se asienten dependencias de la Corte Suprema, individualizados en su Anexo, estará a cargo de la Subdirección General de Infraestructura. RESOLUCION Nº 2491/2025 EXPEDIENTE Nº 5688/2023 Buenos Aires, 27 de octubre de 2025.- VI. Que, conforme lo informado por la Dirección General de Gestión Interna e Infraestructura en el marco del presente expediente, y en atención al tiempo transcurrido desde el dictado de la Resolución nro. 2818/2023, se ha evaluado la necesidad de modificar las asignaciones correspondientes a los gastos de intendencia de los inmuebles dependientes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. VII. Que, la presente modificación contempla los metros cuadrados de superficie de cada edificio, el estado de conservación y el uso funcional de cada uno de ellos, conforme a lo propuesto por la Subdirección de Infraestructura del Tribunal. VIII. Que, en virtud de la necesidad de adecuar los criterios de asignación de gastos, resulta conveniente establecer un sistema de módulos por cada cien metros cuadrados (100 m²), calculados como enteros, con un mínimo y un máximo de módulos por edificio y cuya actualización quedará delegada en el Secretario General de Administración. IX. Que, en ese sentido, el Departamento de Contabilidad y Presupuesto ha tomado intervención a fin de producir la reserva de fondos con cargo a las partidas presupuestarias del ejercicio financiero vigente. X. Que ha tomado debida intervención la Dirección General de Gestión Interna e Infraestructura y la Dirección de Asuntos Jurídicos. XI. Que, por lo expuesto, corresponde adecuar los valores asignables a “gastos de intendencia” para los edificios dependientes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Corte Suprema de Justicia de la Nación XII. Que la medida se adopta tomando en cuenta la cantidad de Ministros habilitados que participan de la decisión y lo establecido, en lo pertinente, en el punto dispositivo segundo de la Acordada 12/2024 Por ello, SE RESUELVE: 1) Disponer, a partir del mes de septiembre de 2025, que los gastos de intendencia se conformen con la suma de los valores que asignará la Dirección de Administración a cada uno de los edificios en los que se asienten dependencias de la Corte Suprema, individualizados en el Anexo de la Resolución CSJN N° 2246/2024, conforme a los siguientes factores: a) La superficie física de cada inmueble, medida en módulos de cien metros cuadrados (100 m²) -valores enteros- de superficie del edificio, con un mínimo de diez (10) y un máximo de sesenta (60) módulos por edificio; b) Un coeficiente de estado edilicio, determinado por inspecciones técnicas periódicas a cargo de la Subdirección de Infraestructura; c) Un coeficiente de uso operativo, que pondera la intensidad funcional del inmueble en función del tipo y cantidad de actividades desarrolladas, determinado por inspecciones técnicas periódicas a cargo de la Subdirección de Infraestructura. 2) Establecer el valor del módulo, por cada cien metros cuadrados, en la suma de pesos cincuenta mil ($50.000). 3) Los fondos serán liquidados mensualmente y transferidos al área encargada de la intendencia de los edificios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien registrará y rendirá dichos fondos según las disposiciones de la Acordada 76/1984. 4) Los gastos de intendencia serán afectados a la compra de insumos, repuestos y demás bienes de consumo necesarios para la reparación y mantenimiento de los edificios e instalaciones, como así también la contratación de servicios con ese fin y obras de baja complejidad. 5) Delegar en el Secretario General de Administración la facultad de evaluar y actualizar el valor del módulo. 6) Aprobar el listado de edificios, metros cuadrados ocupados, coeficiente de estado edilicio y coeficiente de uso operativo, cuyo detalle obra en el Anexo de la presente. 7) Dejar sin efecto la resolución N° 4057/97, Resolución P N° 1152/2004, Resolución AG N° 2182/06 y sus modificatorias, en atención a la nueva modalidad que por la presente se aprueba. Regístrese, y remítase a la Dirección General de Gestión Interna e Infraestructura y a la Dirección de Administración. Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Corte Suprema de Justicia de la Nación ANEXO SUP. EDILICIA SUP. EDILICIA Módulo cada 100m2 (usa fórmula "entero") Valor Módulo U OCUPADA dep. CSJN $ 50.000,00 (a) Buenos Regular Malo Pleno Medio Escaso min (10 mód) 500.000,00 m2 m2 k k k k k k máx (60 mód) 3.000.000,00 Sin Aplicar Minimos o Máximos Aplicando Minimos o Máximos 1 Cuerpo Peritos Cont/Tasad/Calig Bmé. Mitre /Maipu 718/92 Propio -- 3.108,00 3.108,00 B 1,00 -- -- P 1,00 Cuerpo Peritos Cont/Tasad/Calig 31 1.550.000,00 $ 1.550.000,00 $ 2 Archivo General Hipólito Irigoyen 2041/61 Propio -- 4.450,00 4.450,00 R -- 1,25 -- M 0,75 Archivo General 44 2.062.500,00 $ 2.062.500,00 $ 3 Morgue Judicial Junín 760 Propio -- 4.966,00 4.966,00 M -- -- 1,50 P 1,00 Morgue Judicial 49 3.675.000,00 $ 3.000.000,00 $ 4 Of. Viol. Dom.- cocheras Lavalle 1250 Propio -- 2.166,00 658,00 R -- 1,25 -- P 1,00 Of. Viol. Dom.- cocheras 6 375.000,00 $ 500.000,00 $ 5 Cpo Med. Foren. Lavalle 1429 Propio -- 11.110,39 11.110,39 R -- 1,25 -- M 0,75 Cpo Med. Foren. 111 5.203.125,00 $ 3.000.000,00 $ 6 CSJN Talcahuano 450 Propio -- 350,00 350,00 M -- -- 1,50 E 0,50 Talcahuano 450 3 112.500,00 $ 500.000,00 $ 7 CSJN Tucumán 1511/23 Propio -- 3.589,00 3.589,00 M -- -- 1,50 E 0,50 Tucumán 1511/23 35 1.312.500,00 $ 1.312.500,00 $ 8 Obra Social (farmacia) Tucumán 1393/99 -- Tenencia 1.537,00 456,00 R -- 1,25 P 1,00 Obra Social (farmacia) 4 250.000,00 $ 500.000,00 $ 9 Archivo -Automotores Villarino 2010 Propio -- 8.550,00 8.550,00 M 1,50 E 0,50 Archivo -Automotores 85 3.187.500,00 $ 3.000.000,00 $ 10 Direc.Notificaciones / Direc. Subastas Jean Jaures 545 Propio -- 6.130,00 3.530,00 R -- 1,25 -- P 1,00 Direc.Notificaciones / Direc. Subastas 35 2.187.500,00 $ 2.187.500,00 $ 11 Archivo General Rivadavia 765 Propio -- 3.061,76 3.061,76 M -- 1,50 E 0,50 Archivo General 30 1.125.000,00 $ 1.125.000,00 $ TOTAL 433 21.040.625,00 $ 18.737.500,00 $ mód. x edif. DEPENDENCIA Uso COEFICIENTE DE USO N° Calle/Avenida N° Propios Tenencia EDIF. DEPENDENCIA DOMICILIO BIENES Estado COEFICIENTE DE ESTADO