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Corte Suprema de Justicia de la Nación

16/06/2017 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
CIVIL

Voces / Materias

CONTRATO

Normas Citadas

Resolución N° 3575 Resolución Nº 1562

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Vistas las presentes actuaciones mediante las cuales se tramitó la contratación del servicio por la adecuación y mantenimiento integral, preventivo y correctivo de la instalación de calefacción en el edificio de la Morgue Judicial sito en la calle Junín 760; y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 3575/2014 (ver fs. 21) se adjudicó el servicio mencionado en el visto a la firma “TEKNIK S.R.L.” por la suma de pesos doscientos cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta y dos ($ 245.742,00.-) suscribiéndose en consecuencia la orden de compra N° 414/2014 (confr. fs. 453 a 455). Que conforme surge del informe de la Intendencia de los Edificios de la Corte Suprema a fs. 490, la empresa mencionada, al iniciar los trámites de habilitación contemplados en el punto B de la citada orden, se encontró que la documentación de dicha habilitación se encontraba registrada en el municipio, razón por la cual no fue necesario cumplir con dicho trámite. Que a fs. 494 la adjudicataria expresa que no pone objeción a rescindir el punto B del renglón N° 1 renunciado a cualquier reclamo futuro. Que en concordancia con lo establecido en el inciso 88°, de la reglamentación del artículo 61º de la Ley de Contabilidad -Decreto RESOLUCION DA Nº 1717/2017 EXPEDIENTE N° 1912/2014 Buenos Aires, 16 de junio de 2017.- 5720/72-, adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de la Nación (Resolución Nº 1562/00). SE RESUELVE: Rescindir parcialmente y sin penalidad el contrato suscripto mediante orden de compra N° 414/2014 con la firma TEKNIK S.R.L. por los motivos expuestos precedentemente. Regístrese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, notifíquese a la firma a través de la Dirección de Despacho y gírese a la Dirección de Administración. Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria