Corte Suprema de Justicia de la Nación
16/06/2017
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Voces / Materias
CONTRATO
Normas Citadas
Resolución N° 3575
Resolución Nº 1562
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Año del Bicentenario de la Declaración de la
Independencia Nacional
Vistas las presentes actuaciones mediante las cuales se tramitó la
contratación del servicio por la adecuación y mantenimiento integral,
preventivo y correctivo de la instalación de calefacción en el edificio de la
Morgue Judicial sito en la calle Junín 760; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 3575/2014 (ver fs. 21) se adjudicó el
servicio mencionado en el visto a la firma “TEKNIK S.R.L.” por la suma
de pesos doscientos cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta y dos
($ 245.742,00.-) suscribiéndose en consecuencia la orden de compra N°
414/2014 (confr. fs. 453 a 455).
Que conforme surge del informe de la Intendencia de los
Edificios de la Corte Suprema a fs. 490, la empresa mencionada, al iniciar
los trámites de habilitación contemplados en el punto B de la citada orden,
se encontró que la documentación de dicha habilitación se encontraba
registrada en el municipio, razón por la cual no fue necesario cumplir con
dicho trámite.
Que a fs. 494 la adjudicataria expresa que no pone objeción a
rescindir el punto B del renglón N° 1 renunciado a cualquier reclamo futuro.
Que en concordancia con lo establecido en el inciso 88°, de la
reglamentación del artículo 61º de la Ley de Contabilidad -Decreto
RESOLUCION DA Nº 1717/2017 EXPEDIENTE N° 1912/2014
Buenos Aires, 16 de junio de 2017.-
5720/72-, adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial
de la Nación (Resolución Nº 1562/00).
SE RESUELVE:
Rescindir parcialmente y sin penalidad el contrato suscripto
mediante orden de compra N° 414/2014 con la firma TEKNIK S.R.L. por
los motivos expuestos precedentemente.
Regístrese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de
la Nación en internet, notifíquese a la firma a través de la Dirección de
Despacho y gírese a la Dirección de Administración.
Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria
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