Simultaneamente,
No date
|
Cámara
Federal
de
Apelaciones
de
CIVIL
Keywords / Subjects
DOMINIO
DELITO
JURISDICCIÓN
Cited Norms
ley
23.737
Resolución
n°
111
Ruling Text
Resolución
na
1Z/2019
Expediente
na
..:.-...
(¡
'
.. .
?
'O•.
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,
lSSl
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S-
.
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de
'2.r¡I\4
o
Buenos Aires,
4'-
de
"""fl>
VISTO
el
expediente
1/2016
caratulado
"Cámara
Federal
de
Apelaciones
de
Salta
s/
comunicación
-
Reynoso,
Juan
y
otros
s/
su
actuación",
y
Considerando:
10)
Que
por
Resolución
na
3851/15
del
22/12/2015
esta
Corte
se
avocó
al
tratamiento
de
actuaciones
administrativas
iniciadas
en
la
jurisdicción
federal
de
Salta,
con
motivo
de
irregularidades
detectadas
n
causas
en
trámite
del
Juzgado
Federal
de
San
Ramón
de
la
o
Nueva
Orán
(Confo
fso
2/30,
41/44,
61/62,
66/88,
90/103
Y
104)
o
Los
expedientes
-acumulados
nros.
28/2015
Y
30/2015
del
registro
de
la
Cámara
Federal
de
Salta-
se
instruyeron
como
consecuencia
de
lo
actuado
en
la
causa
na
FSA.
11.195/2014,
caratulada
"Reynoso,
Raúl
Juan
-
Saavedra,
Miguel
Ángel
y
otros
si
asociación
ilícita-
cohecho-prevaricato"
del
Juzgado
Federal
na
1
de
Salta,
donde
fueron
procesados,
entre
otros,
el
entonces
magistrado,
doctor
Raúl
Juan
Reynoso,
el
Jefe
de
Despacho
...
,
'
Miguel
Angel
Saavedra
y
el
Medio
Oficial
Cesar
Julio
Aparicio.
Corno
consecuencia
de
ello,
los
ernpleados
rnencionados
fueron
suspendidos
por
esta
Corte
por
Resoluci6n
nO
2/16,
confirrnada
por
la
nro.
15/2016
(Conf.
fs.
135,
203,
204/205,
207/209,
211/213
Y
436/37).
Que
de
acuerdo
con
las
constancias
de
la
investigaci6n
penal,
en
un
contexto
de
rnarcadas
irregularidades
en
causas
radicadas
en
el
Juzgado
Federal
de
San
Rarn6n
de
la
Nueva
Oran,
se
atribuy6
al
ex
juez,
a
los
ernpleados
rnencionados
y
a
un
grupo
de
abogados,
haber
rnontado
una
estructura
delietiva
con
el
prop6si to
deliberado
de
"tari far"
la
libertad
de
personas
detenidas
en
causas
de
narcotrafico,
trafico
de
divisas
y
trata
de
personas,
entre
otros
delitos
relevantes.
Con
sustento
en
el
trarnite
irregular
de
causas
"test iga"
se
consider6
que
la
organizaci6n
crirninal
operaba
con
dos
caras:
una
externa,
a
cargo
de
un
grupo
de
abogados
que
intercedian
entre
el
juez
y
los
irnputados
o
sus
farniliares
para
la
obtenci6n
de
dadivas;
y
otra
interna,
que
funcionaba
dentro
del
juzgado,
con
un
sisterna
de
trabajo
que
concentraba
los
casos
Resoluci6n
nO
11Ito
Expediente
nO
1/2016
econ6micos
importantes
en
la
figura
de
Miguel
;
1'<("Z.
FS._<U.L_
.
p
Saavedra,
"mano
derecha
del
juez"
(Conf.
fs.
2134
y
vta.
y
sgtes.,
expte.
11.195/2014).
Segun
se
sostuvo,
dentro
del
juzgado
funcionaba
un
doble
circuito
de
expedientes.
Uno,
para
los
casos
"normales",
a
cargo
de
los
secretarios,
y
otro,
"marginal",
manejado
por
el
Jefe
de
Despacho
Saavedra,
cuyos
proyectos
preparaba
y
mostraba
a
los
secretarios
cuando
ya
"estaban
en
limpio",
los
habia
conversado
con
el
juez
y
estaban
listos
para
su
firma.
Los
expedientes
"marginales"
recibian
un
tramite
diferenciado
del
resto,
coincidente
con
la
participaci6n
del
grupo
de
letrados
involucrado
cuyos
escritos
-que
gozaban
de
mayor
celeridad
que
el
resta
y
tenian
un
exito
garantizado-
eran
separados
por
Reynoso
y
colocados
en
un
lugar
fisico
especifico.
En
este
contexto
irregular
se
involucr6
al
Medio
Oficial
Cesar
Julio
Aparicio,
por
su
roI
en
el
aporte
de
acciones
relativas
al
usufructo
y
mantenimiento
de
las
dadivas
recibidas;
y
mas
eoneretamente,
por
el
destino
final
de
un
lote
de
campa
obtenido
por
el
sobreseimiento
de
un
detenido ,
cuando
se
comprob6
el
traspaso
del
dominio
a
su
hermana,
RosaIia
,
"
'.'
.
Candelaria
Aparicio,
"presta
nombre"
de
la
organización
criminal
(Conf.
fs.
2176
vta./2180
vta.,
expte.
cit.).
También,
se
sostuvo
que
debían
investigarse
sus
vínculos
con
la
compra
y
venta
de
inmuebles
y
automotores
que,
a
veces,
aparecían
en
causas
tramitadas
en
el
Juzgado
Federal
de
Orán.
3°)
Que
encomendada
la
instrucción
al
Cuerpo
de
Auditores
Judiciales,
se
imputó
a
los
empleados
involucrados
inobservancia
al
art.
del
Reglamento
para
la
Justicia
Nacional,
se
les
corrió
vista
y
se
formó
legajo
por
separado
(Conf.
fs.
479
y
480,
nota
de
fs.
514
Y
providencia
de
fs.
553).
A
más
de
ello,
la
dependencia
instructora
recabó
distintas
medidas
probatorias,
obtuvo
fotocopias
certificadas
de
las
causas,
concurrió
a
la
Provincia
de
Salta,
celebró
audiencias
y
compulsó
registros
y
documentación
(Conf.
fs.
172/173,
180,
454,
481/482,
538/551,
600,
613/620,
623/628,
629/630,
631/647,
663/667,
668/669,
670/672,
673/674,
675/677,
680/681,
683/686,
691/694,
702/706,
720/722,
728/732,
735/738,
800/801,
803/806,
807/810,
811/814
Y
829).
Reso1uciôn
nO
ti1 wl\'\
Expediente
nO
1/20194.
/'-
.
//
.
(:
'"'55.:"J .
.
.
(...
,.:, "9
.. -.__
, ...
\
;......
.',.
...
£
.
';
",
.'
Tambien
visitô
10s
depôsitos
de
efectos
de1
Juzgado
Federa1
de
Orân,
asi
como
10s
de1
Escuadrôn
nO
20
de
Gendarmeria
Naciona1
y
e1
p1ayôn
de
vehicu10s
secuestrados
(Conf.
acta
de
fs.
833)
Sobre
1a
base
de
e110
acompafiô
e1
informe
de
fs.
1001/1021
junto
con
un
anexo
fotogrâfico
y
entre
otras
medidas
propiciô,
por
10s
hechos
descriptos
en
10s
puntos
XI,
XII
Y
XIII,
que
se
formu1aran
cargos
administrativos
a
10s
secretarios
A1ej andro
Danie1
Daher
Comog1io
y
Gustavo
Jose
Adad;
a
1a
Prosecretaria
Administrativa
(contratada)
Dra.
Romina
Caro1a
Reynoso
Sosa;
y
una
nueva
imputaciôn
a
Ju1io
Cesar
Aparicio,
dictândose
de
conformidad
1a
Reso1uciôn
nO
5/2017
(Conf.
fs.
1023/1024)
Se
atribuyô
a
10s
actuarios
inobservancia
a
10s
articu10s
163
de
1a
1ey
1893
y
8°
de1
Reg1amento
para
1a
Justicia
Naciona1;
y
Reynoso
Sosa
fue
imputada,
ademâs
de
e11b,
por
e1
trâmite
irregu1ar
de
dos
expedientes.
Por
su
parte,
se
1e
formu1ô
un
nuevo
cargo
a
Ju1io
Cesar
Aparicio
por
haber
subcontratado
a
terceros
para
hacer
1a
1impieza
de1
juzgado.
4°)
Que
incorporados
los
descargos
de
fs.
1231/39,
1361/81,
1565/75
Y
1702/04,
se
corriô
vista
a
todos
los
sumariados
para
que
presentaran
sus
alegatos,
que,
agregados
a
fs.
1779/80,
1963,
1964/71,
1972/75
Y
1976/77,
dejaron
Ias
actuaciones
en
estado
de
decidir.
İnterin,
la
Camara
Federal
de
Apelaciones
de
Salta
remitiô
para
conocimiento
el
informe
de
situaciôn
denominado
"Reseña
global
de
las
actuaciones
relativas
a
la
situaciôn
del
Juzgado
Federal
de
San
Ramôn
de
la
Nueva
Oran",
documentales
(Conf.
junto
con
anexos
y
constancias
fs.
2165,
2166/2203,
2204/54,
2312/13,
2314/20,
2321/29,
2330/37
Y
2255/2305,
2306/2311,
2338/51)
.
Simultaneamente,
comenzaron
a
relevarse
todos
los
depôsitos
de
efectos
secuestrados,
tanto
los
del
Juzgado
Federal
de
San
Ramôn
de
la
Nueva
üran
como
los
del
Escuadrôn
20
de
Gendarmeria,
en
virtud
de
10
cual
y
con
excepciôn
del
dinero
relevado
en
la
bôveda,
aspecto
que
sustentô
en
este
expediente
una
imputaciôn
dirigida
a
los
secretarios,
por
Resoluciôn
n°
17/2018
se
ordenô
que
se
formara
una
actuaciôn
por
separado
(Conf.
informe
de
fs.
2354/57
y
fs.
2359).
Resoluci6n
nO
1I101
Expediente
..
(.
"tI
"
.".
Concluida
la
instrucci6n,
los
senores
auditores
presentaron
el
informe
fs.
2516/2550.
5 0)
Que
los
elementos
de
j uicio
reunidos
muestran
marcadas
diferencias
de
trato
del
ex
Juez
con
sus
subordinados,
una
impronta
autoritaria,
tramite
irregular
de
causas,
intervenci6n
acotada
de
los
secretarios
en
algunos
expedientes,
tareas
aj enas
a
las
judiciales
por
parte
de
determinados
agentes,
deficiencias
en
los
registros
y
en
los
retiros
de
efectos
secuestrados,
etc.
En
dicho
contexto,
donde
el
magistrado
distribuia
personalmente
las
tareas,
impartia
todas
las
directivas
y
no
aceptaba
cuestionamientos,
Miguel
Angel
Saavedra
y
Julio
Cesar
Aparicio
gozaban
de
su
"plena
confianza",
eran
amigos
personales
del
juez
y
gozaban
de
prerrogativas
que
los
demas
no
tenian.
6°)
Que
en
lo
que
a
Saavedra
respecta,
el
derrotero
de
los
expedientes
observados
(264/2010,1433/13,11.183/14,8833/14,14.023/14,1276/14,
8564/14,
969/09,
259/12,
970/09
Y
1047/11)
demuestra
que,
como
sumariante
de
la
"maxima
confianza"
del
juez,
particip6
-por
S1
0
a
traves
de
terceros-
en
1a
confecci6n
de
10s
proyectos
de
1as
reso1uciones
cuestionadas;
y
que
tuvo
trato
con
10s
fami1iares
de
1as
partes
y
e1
grupo
de
abogados
cuestionado
(ver
punto
111
"P1ataforma
Factica"
de1
dictamen
fisca1
de
fs.
4/6
y
reso1uci6n
de
1a
Sa1a
1
de
1a
Camara
Federa1
de
Ape1aciones
de
Sa1ta,
agregada
a
fs.
229/375,
particu1armente
10s
puntos
11
y
111,
acapites
5,
6
Y
8)
.
7°)
Que
en
1as
causas
testigo
que
conformaron
1a
investigaci6n
pena1
se
constat6
"prima
facie"
e1
otorgamiento
irregu1ar
de
1ibertades
(excarce1aciones
y
eximiciones
de
prisi6n),
supuestamente
a
cambio
de
dadivas,
decididas
por
Reynoso
con
1a
co1aboraci6n
de
Saavedra
(Conf.
punto
1V.A,
acapite
1
de1
informe
de1
Cuerpo
de
Auditores
Judicia1es
de
fs.
2516/2550)
.
Que
1as
exp1icaciones
de1
sumariado
en
sus
descargos
no
desvirtuan
1as
imputaciones
que
se
1e
rea1izaron
por
su
participaci6n
en
1as
actuaciones
observadas.
Resoluci6n
n°
-'\1/1.0'1'1
Expediente
n°
Procede
reproducir,
en
primer
lugar,
un
fragmento
de
la
denuncia
que
origin6
la
causa
11.195/2014,
vertida
por
Roxana
Britez,
ex
pareja
de
un
imputado
(Guillermo
Jaime
Sarmiento):
"Que
siempre
se
reunia
con
la
Dra.
Esper
fuera
del
Juzgado
Federal
de
Oran,
en
la
vereda
o
en
la
casa
de
la
abogada,
adonde
fue
una
vez
a
las
diez
de
la
noche.
Que
en
una
oportunidad
escuch6
a
la
Dra.
Esper
hablar
con
el
Secretario
del
Juez
de
nombre
Miguel,
en
la
puerta
del
juzgado,
cuando
ella
dijo:
'Gcuanto
me
vas
a
pedir
para
sacarlo
a
Sarmiento?'n
(Conf.
fs.
46/48,
expte.
11.195/2014).
Miguel
Saavedra,
i1nico
sumariante
penal
con
ese
nombre
en
el
Juzgado
Federal
de
San
Ram6n
de
la
Nueva
Oran,
volvi6
a
ser
mencionado
por
el
abogado
David
Arnaldo
Leiva:
"frente
a
la
justicia
provincial
de
Oran
hay
un
cafe
donde
se
reunen
los
abogados
y
alli
se
comenta
que
piden
la
devoluci6n
de
divisas
para
sus
clientes,
las
que
no
son
favorables
...
s6lo
se
devuelve
cuando
se
presentan
dos
o
tres
abogados
del
foro,
entre
(ellos)
la
Dra.
Maria
Elena
Esper
y
Lucinda
Segovia.
Que
el
doctor
Lucas
Lencinas
le
cont6
que
a
un
pariente
que
venia
de
Tarija
le
pidieron
dinero
para
devolverle
los
d6lares
que
le
secuestraron.
Que
por
esto
le
dijo
que
queria
ayud
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