Pliegos de Obra Pública para la “Readecuación y refuncionalización
03/07/2025
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
ADMINISTRATIVO
Voces / Materias
CONCURSO
OBRA PÚBLICA
TASA
Normas Citadas
resolución nº 1365
acordada 15/2023
acordada 12/2024
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Visto que por las presentes actuaciones tramita la
contratación del servicio de asesoramiento profesional y técnico
especializado para la elaboración de un Anteproyecto Integral y
Pliegos de Obra Pública para la “Readecuación y refuncionalización
integral de la Morgue Judicial, sita en las calles Junín 760 y
Viamonte 2151 – C.A.B.A.”; y
CONSIDERANDO:
I.
Que, de acuerdo a la autorización conferida mediante
resolución nº 1365/2025 (conf. fs. 1115/1116), se aprobó lo actuado
en la primera etapa correspondiente al Concurso Público de Etapa
Múltiple n° 477/2024, la preselección de la oferta presentada por
la firma n° 1 “CUBEN S.A.”, así como la convocatoria al acto de
apertura correspondiente a la segunda etapa del presente Concurso
Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13° de las
Cláusulas Particulares.
II.
Que, con fecha 3 de julio de 2025, se llevó a cabo
el Acto de Apertura del sobre N° 2 –correspondiente a la citada firma
preseleccionada-; constando el acta labrada al efecto a fs. 1120,
la oferta económica a fs. 1121/1126 y el cuadro correspondiente a
la oferta presentada obrante a fs. 1127.
III.
Que a fs. 1137, la Comisión de Preadjudicaciones,
habiendo evaluado el contenido del SOBRE N° 2 correspondiente a la
firma preseleccionada, y contemplando la ponderación prevista en el
artículo 17° de las Cláusulas Particulares obrante en el informe
RESOLUCION Nº 1931/2025 EXPEDIENTE Nº 5658/2024
Buenos Aires, 29 de agosto de 2025.-
agregado
a
fs.
1135/1136
por
la
Subdirección
General
de
Infraestructura de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, emitió
el dictamen n° 183/25, aconsejando adjudicar a la oferta n° 1 “CUBEN
S.A.”, el presente Concurso Público de Etapa Múltiple.
IV.
Que se ha cumplido con la notificación establecida
conforme a los artículos 13° y 19° de las Cláusulas Particulares y
27° de las Cláusulas Generales Concurso Público (ver fs. 1148), y
vencido el plazo, no se han formulado impugnaciones.
V.
Que a fs. 1147 obra la constancia de las reservas de
fondos efectuadas con cargo a la partida presupuestaria pertinente
de los ejercicios financieros que correspondan.
VI.
Que ha tomado debida intervención la Dirección de
Asuntos Jurídicos.
VII.
Que la presente se dicta conforme a lo dispuesto en
el artículo 13° de las Cláusulas Particulares, así como en los
artículos 29° y 31° inc. A), segundo párrafo, del Régimen de
Contrataciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aprobado
por Acordada n° 38/2023.
VIII.
Que, en atención a la naturaleza de la decisión,
resulta aplicable la excepción prevista en el punto dispositivo 6
de la acordada 15/2023. Asimismo, y en razón de la cantidad de
Ministros habilitados que participan, la medida se adopta de acuerdo
a lo establecido, en lo pertinente, en el punto dispositivo segundo
de la acordada 12/2024.
Por ello,
SE RESUELVE:
1º) Aprobar el Concurso Público de Etapa Múltiple n°
477/2024, relativo a la contratación del servicio de asesoramiento
profesional y técnico especializado para la elaboración de un
Anteproyecto Integral y Pliegos de Obra Pública para la “Readecuación
y refuncionalización integral de la Morgue Judicial, sita en las
Corte Suprema de Justicia de la Nación
calles Junín 760 y Viamonte 2151 – C.A.B.A.”, y adjudicar a la oferta
n° 1 “CUBEN S.A.” -por oferta conveniente-, por la suma total de
pesos quinientos treinta y tres millones seiscientos once mil ciento
noventa y siete con veintiséis centavos ($ 533.611.197,26.-), de
acuerdo a su propuesta de fs. 1121/1126.
2°) Imputar el presente gasto a las cuentas presupuestarias
pertinentes del ejercicio financiero que corresponda, previo a la
emisión de la respectiva orden de compra y autorizar a la
Subdirección de Compras a suscribirla.
3°) Autorizar al Director General de Administración a
proceder a la liquidación y pago de los importes correspondientes a
la documentación de cada entrega parcial conforme al cronograma
establecido en el Anexo 9 del Pliego de Especificaciones Técnicas
que apruebe la Subdirección de Infraestructura, así como el pago de
derechos de cualquier tipo, tasas y contribuciones previstas en el
artículo 24° de las Cláusulas Particulares suscriptas por la
dependencia mencionada.
Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema
de Justicia de la Nación en internet y gírese a la Dirección de
Administración.
GP
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
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