Que de acuerdo con lo solicitado por el
24/10/2024
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Voces / Materias
DAÑOS Y PERJUICIOS
Normas Citadas
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Vistos los autos de referencia, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo solicitado por el
señor Presidente de la Sala III de la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal -actuación 1-,
teniendo en cuenta las particularidades del caso y en
ejercicio de las facultades conferidas a este Tribunal por el
art. 167 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación,
corresponde y así,
SE RESUELVE:
Conceder a la Sala III de la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal una
prórroga de sesenta (60) días para dictar sentencia en la
causa caratulada “Fortes, Susana Graciela c/OSPICA y otros
s/daños y perjuicios” (expte. n° 6141/2008/CA2), contados a
partir del vencimiento del plazo original.
Regístrese y hágase saber.
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis
RESOLUCION CSJN Nº 2799/2024 EXPEDIENTE Nº 4908/2024
Buenos Aires, 24 de octubre de 2024.-
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