I. Que, en razón de la presentación formulada por
12/06/2026
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Cited Norms
acordada 15/2023
acordada 12/2024
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Visto los autos de referencia y,
CONSIDERANDO:
I. Que, en razón de la presentación formulada por
Embajada de la República del Ecuador, las peritos Dras. María
Laura Aón Bertolino y Laura Bermolen solicitan que se le conceda
licencia con goce de haberes, entre los días 16 a 23 de junio del
corriente año, a fin de participar como veedores en los términos
de la solicitud referida.
II. Que ha tomado intervención el Decano del Cuerpo
Médico Forense, prestando conformidad y el titular del Centro de
Asistencia Judicial Federal quien ha advertido que “la tarea por
desempeñar no implica la realización de pericia alguna ni su
participación en la causa judicial en trámite”.
III. Que este Tribunal ha concedido licencias a
magistrados
y
funcionarios
para
participar
en
misiones
de
observación en el extranjero, ello ante situaciones especiales y
en la medida en que no interfieren con la normal prestación del
servicio de justicia (conf. resoluciones nros. 89/2013, 693/2014,
1853/2018, 2747/2018, 3251/2018, 1029/2019 y 2657/2024, entre
otras).
IV.
Que,
asimismo,
corresponde
precisar
que
la
autorización que se otorga se limita a las tareas de observación y
no puede implicar la realización de actividades incompatibles con
la función judicial.
RESOLUCION CSJN Nº 1396/2026 EXPEDIENTE Nº 3816/2026
Buenos Aires, 12 de junio de 2026.-
V. Que la presente medida se dicta en virtud de las
facultades conferidas en el artículo 11 del R.L.J.N.
VI. Que, en atención a la naturaleza de la decisión,
resulta aplicable la excepción prevista en el punto dispositivo 6
de la acordada 15/2023. Asimismo, y en razón de la cantidad de
Ministros habilitados que participan, la medida se adopta de
acuerdo a lo establecido, en lo pertinente, en el punto
dispositivo segundo de la acordada 12/2024.
Por ello,
SE RESUELVE:
Considerar en uso de licencia con goce de haberes -
artículo
11
del
Régimen
de
Licencias
para
Magistrados,
Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional-, entre los días
16 a 23 de junio del año en curso, a las peritos médicos forenses
Dras. María Laura Aón Bertolino y Laura Bermolen, a fin de
trasladarse a la República del Ecuador en los términos de la
presentación que obra a fs. 1/2 de los presentes actuados. Esto
con la advertencia de que deberán abstenerse de realizar toda otra
actividad incompatible con sus obligaciones funcionales.
Regístrese, hágase saber –con carácter urgente- y
oportunamente archívese.
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis
Download Original PDF
(0.1 MB)