N o "''5l..f 1" '3
31/12/2013
|
Cámara
Nacional
de
Apelaciones
en
LABORAL_SEGURIDAD_SOCIAL
Jueces
Rte Suprema De
Ministro De La
Cia De
Voces / Materias
AMBIENTAL
PENSIÓN
EJECUCIÓN
Normas Citadas
ley
24.660
ley
24.156
acordada
15/12
Código
Penal
Texto del Fallo
RESOLUCIÓN
N o "''5l..f 1" '3
EXPEDIENTE
N°
209/2013
t
o1'te &' rk rk la GYVacWn,
deJ«67
Buenos
Aires, de
PoOOs+o
de
2013.
VISTO
Y
CONSIDERANDO:
Que
las
funciones
que
cumple
el
Patronato
de
Liberados,
están
contenidas
en
su
Estatuto
y
consisten
-en
síntesis-
en
la
prevención
y
disminución
de
la
criminalidad
y
la
reincidencia:
a
través
de
la
docencia,
de
la
asistencia
familiar,
del
asesoramiento
a
entidades
estatales,
del
seguimiento,
asistencia
y
contención
de
los
egresados
de
los
establecimientos
carcelarios.
Que
en
virtud
de
los
estudios
ordenados
por
los
arts.
26,
40
Y
41
del
Código
Penal,
la
Cámara
Nacional
de
Apelaciones
en
lo
Criminal
y
Correccional
de
la
Capital
Federal,
a
través
de
la
Acordada
del
30108/79,
dispuso
que
los
informes
socio
ambientales,
de
vida,
costumbres,
estudios,
trabajo,
vida
familiar,
entre
otros,
de
los
procesados
que
residan
en
Capital
Federal
sean
realizados
por
el
Patronato
de
Liberados.
Que
la
ley
24.660,
de
ejecución
de
la
pena
privativa
de
la
libertad,
en
su
arto
174
encomienda
al
Patronato
las
tareas
de
asistencia
social,
asistencia
pospenitenciaria,
atención
de
los
centros
de
reinserción
social,
control
de
la
libertad
condicional
y
de
las
condenas
de
ejecución
condicional
y
suspensión
del
juicio
a
prueba.
Que
en
el
año
2011,
este
Tribunal
celebró
un
convenio
con
el
Patronato
de
Liberados
"Jorge
H.
Frías",
a
fin
de
asegurar
la
efectiva
prestación
de
servicios
inherentes
a
su
funci6n
en
los
fueros
federales
y
nacionales
de
la
Capital
Federal
y
federales
de
las
provincias
de
Misiones,
Formosa,
Corrientes
y
Chaco.
Que
el
convenio
mencionado
en
su
clausula
tercera
dispone,
en
lo
pertinente,
que
"La
Corte
transferira
progresivamente,
a
modo
de
contribuci6n,
10s
fondos
que
resu1ten
necesarios
dentro
de
1as
partidas
presupuestarias
asignadas
a
ta1
fin
y
acorde
a
1as
disponibi1idades
financieras ... ".
Que
por
otra
parte,
el
decreto
reglamentario
807/2004
en
el
articulo
16
establece
que,
a
efectos
de
asegurar
el
cumplimiento
de
las
funciones
encomendadas
a
la
mencionada
entidad,
se
asignara
una
sub
partida
presupuestaria
con
cargo
al
Ministerio
de
Justicia,
Seguridad
y
Derechos
Humanos
de
la
Naci6n.
Que
en
consecuencia,
toda
vez
que
las
tareas
convenidas
coinciden,
en
esencia,
con
las
que
debe
efectuar
el
Patronato
por
mandato
legal;
que
la
transferencia
a
la
que
alude
la
clausula
tercera
del
convenio
-sujeta
a
las
disponibilidades
financieras-
se
reali za
a
modo
de
cantribuci6n
y
que
la
asignaci6n
presupuestaria
para
el
cumplimiento
de
las
funciones
del
Patronato,
canforme
el
decreto
mencianado,
se
encuentra
en
cabeza
de
la
referida
cartera
ministerial,
corresponde
rescindir
a
partir
del
31
de
diciembre
de
2013
el
canvenio
suscripto
entre
la
Corte
Suprema
de
Justicia
de
la
Naci6n
y
el
Patronato
de
Liberados
Dr.
Jorge
H.
Frias"
can
fecha
22
de
naviembre
de
2011.
Que
en
virtud
de
lo
Acordada
de
Presupuesto
para
el
ana
2014
no
la
asignaci6n
de
partida
alguna
dispuesta,
la
ha
cantemplado
la
mencionada
a
EXPEDIENTE
N°
209/2013
I
o4e &' de de la Q/Vac«m
cdno,udU 6J'
instituci6n;
sin
perjuicio
de
lo
cual
respecto
del
corriente
ano,
cabe
aclarar
que
los
fondos
que,
a
modo
de
contribuci6n
aporta
la
Corte
al
Patronato
de
Liberados,
seran
transferidos
a
esa
entidad
en
tanto
se
encuentran
incluidos
en
el
presupuesto
de
gastos
del
ejercicio
2013,
aprobado
por
la
acordada
15/12.
Por
ello,
SE
RESUELVE:
1 o) Rescindir,
a
partir
del
31
de
diciembre
de
20i3,
el
convenio
suscripto
entre
la
Corte
Suprema
de
Justicia
de
la
Naci6n
y
el
Patronato
de
Liberados
"Dr.
Jorge
H.
Frias"
con
fecha
22
de
noviembre
de
2011,
por
los
fundament os
dados
en
los
considerandos
de
la
presente
resoluci6n.
2 O)
Disponer
para
el
presente
ej ercicio
una
contribuci6n
de
pesos
cuatro
millones
($
4.000.000)
a
ser
otorgada
en
el
mes
de
agosto
y
otra
contribuci6n
de
pesos
tres
millones
quinientos
mil
($3.500.000)
en
el
mes
de
noviembre,
al
Patronato
de
Liberados
de
la
Capita l
Federal,
en
virtud
de
haber
sida
incluidos
ambos
importes
en
el
presupuesto
de
gastos
del
ejercicio
2013,
aprobado
por
la
acordada
15/12.
Autorizar
a
la
Direcci6n
de
Administraci6n
a
efectuar
la
liquidaci6n
y
pago
respectivo,
disponiendo
que
ese
Servicio
Administrativo
Financiero
controle
la
efecti va
rendici6n
de
cuentas
por
parte
del
organismo
beneficiario,
conforme
lo
establece
el
ultimo
parrafo
del
articulo
Svo.de
la
ley
24.156.
:)
4°)
Imputar
el
gasto
de
la
reserva
de
fondos
con
cargo
a
la
partida
presupuestaria
"05-21-00-00-01-0002
5-1-7-02164-1-1.3H
del
ejercicio
financiero
vigente.
Regístrese;
comuníquese
al
de
Liberados;
Patronato
!
lO,
I/
publíquese
en
el
portal
de
la
Corte
Suprema
de
Justicia
de
la
Nación
en
Internet;
remítase
a
la
Secretaría
General
y
de
Gestión
del
Tribunal
para
la
rescisión
del
Convenio.
Fecho
gírese
a
la
Dirección
de
Administración.
CAR
S L
PA£S!OENTEODZEnl
COATE SIJPREMA DE J'l:
DE I.A N
' liCIA
ION
y
,,:(2
MINISTRO DE. ST1C' A /
oRTE SUPREMA DE
'J'
U lj
DElA NACI'Î
()
t cu-- lA--
t!t---
/
CARMEN
M. ARGIBA
MINISTRO DE LA
CORTE SUPREMA DE JUSTlCIA
DE
LA. NAC1DN
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