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Iixpediente No" 4530 IS

24/07/2015 | Cámara Federal de
FEDERAL
CIVIL

Judges

Ministro De La De La Nacion

Keywords / Subjects

CASACIÓN

Cited Norms

Resolución N° 3

Ruling Text

\ &. Iixpediente No" 4530\ IS . Resolución N° 3 8"':l lb.  0JfÚ 6/' ¿ ¿ la O/Vacú£n  cid Pl3 de la PlJ de la Qf' GYfíacWnal Buenos Aires, 8 de !Y'Io..rroo de 2016 Expediente 4536/2015 Visto el expediente caratulado: "Situación de los Centros de Régimen Cerrado dependientes de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia", y CONSIDERANDO: 1) Que este expediente se inicia con una presentación que suscriben los jueces integrantes de los Tribunales Orales de Menores, quienes se dirigen a la Cámara Federal de Casación Penal con un doble planteo; por un lado, reiteran la preocupación que les causa las condiciones imperantes en los Centros de Régimen Cerrado para Menores Adultos, dando como ejemplo de ello, que en el año 2014 y parte del 2015, se han producido siete episodios de incendio en esas instituciones, los que produjeron como saldo la muerte de dos jóvenes. Por otro lado, también muestran su preocupación ante el colapso del sistema, por haberse incrementado el número de causas, agravado por el hecho de que se juzgan tanto adolescentes como adultos. En función de ello, reiteran su interés en propiciar una ley que permita ampliar el número de Tribunales del fuero. 2) Que en relación con el primero de los temas, se acompaña un informe del Sr. Pablo Arce, Director del Insti tuta "Manuel Rocca", quien relata que el 24 de julio de 2015, en hararia de la nache y a causa de un corte de suministro electrico provisto por la empresa EDESUR, los j6venes fueron conducidos a sus dormitorios y que una hara despues, los j6venes del Sect or 2 habrian prendido fuego a dos colchones, por lo que se procedi6 a llevar a toda la poblaci6n al patia de la instituci6n. Hasta el lugar lleg6 personal de la Policia Federal, Bomberos y ambulancias del SAME, siendo este ultimo quien se ocupara de trasladar a cuatro j6venes (acompanados por la Vicedirectora del Instituto) y dos empleados del servicio, al Hospital Velez Sarfield. Una de los j6venes fue trasladado al Hospital del Quemado con quemaduras graves e inhalaci6n de humo, el otro (LJS), can un cuadro similar que se complic6 can el pasa del tiempo, falleci6 posteriormente. 3) Que del informe presentado por el Sr. Arce surge que desde la misma nache en que se produj o el infausto suceso, se hicieron presentes autoridades de la Secretaria Nacional de Nif\ez, Adolescencia y Familia, las que acompaf\aron al menor que fuera trasladado al Hospital del Quemado y contuvieron can su equipo profesional a los familiares de LJS. Que el Director de la Instituci6n realiz6 la denuncia correspondiente yala maf\ana siguiente se hizo presente en el lugar el Secretario del Juzgado Nacional de Menores N° 3, asi como el Fiscal a cargo de la Fiscalia de Menores N° 4, ambos a cargo de la causa, quienes ordenaron la intervenci6n de la policia cientifica y la posterior clausura de la zona afectada. ResoIlIQI6n N" 3eq \ I to &lq:1edilnte N' S3p115   de dela C2JVaffl1n  rid P/J de 1a!!IJ de la ca,#U Q/VacWnaI Finalmente, el 30 de julio del mismo afio, la Secretaria del Tribunal Oral de Menores N° l se aperson6 en el instituto de referencia, verific6 la situaci6n de los ocho menores que fueran trasladados del Sector 2 al Sector 4, (en orden a la clausura judicial dispuesta por el Juzgado interviniente) y manifest6 encontrar el lugar de residencia en buen estado de conservaci6n, agregando que todos los menores que vivenciaron los acontecimientos traumaticos se encontraban recibiendo atenci6n medica y apoyo psico16gico de parte de los profesionales intervinientes que les fueran asignados. En fecha 12 de agosto de 2015, la Sra. Presidenta de la Camara Federal de Casaci6n Penal, Dra. Ana Maria Figueroa, dispuso poner en conocimiento de las situaciones relatadas al Sr. Presidente de esta Corte, Dr. Ricardo Lorenzetti y a la Sra. Presidenta del Consejo de la Magistratura de la Naci6n, lo que se cumpli6 el dia 19 de agosto. 4) Que de la lectura de los informes acompafiados, surge que ante los sucesos acaecidos el dia 24 de julia de 2015, se articularon rapida y eficientemente los mecanismos dependientes del Poder Ejecutivo (Secretaria Nacional de Nifiez, Adolescencia y Familia) y Judicial, por lo que cabe tomar conocimiento de lo acontecido y reservar el presente expediente. Sin perjuicio de ello, el Tribunal estima conveniente, girar una copia del presente expediente a la -_ ... _-- _._------------- ------------ Dirección Nacional para Adolescentes Infractores a la Ley Penal, órgano dependiente de la Secretaría Nacional de la Nifíez, Adolescencia Familia, por Decreto creado y 12 Ministerial N° 28, del de diciembre de 2007. Por ello SE RESUELVE 1.- Tomar conocimiento de lo acontecido el 24 de julio de 2015 en el Instituto "Manuel Roccau• 2.- Que como medida para mejor proveer, se remi ta una copia del presente expediente a la Dirección Nacional para Ado1escentes Infractores a la Ley Penal, órgano dependiente de la Secretaría Nacional de Ninez, Adolescencia y Familia para su conocimiento. Regístrese y una vez cumplído, archívese. -. é::----- /.d  /.'- :;;Tl .. PRESIDENTE DE LA cORTE SUPREMA DE JUSTICIA DELAN CIO / / UlilA I. H16H10" Ol LAS(O "'INIWE JU5T1C1A cQRTE S: LA NACION JUAN e RLDS MAQUEDA MINISTRO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICi/'I. DE LA NACION