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Independencia Nacional

31/08/2016 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
CIVIL

Keywords / Subjects

LOCACIÓN

Cited Norms

decreto nº 5720/72 resolución nº 1562 resolución nº 712

Ruling Text

Corte Suprema de Justicia de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Visto que por las presentes actuaciones tramita la contratación del servicio de locación, mantenimiento y conservación técnica de cuatro (4) equipos fotocopiadores con destino a dependencias del Tribunal, por el término de dos (2) meses; y Considerando: Que por orden de compra n° 51/2014 se amparó el servicio de la referencia (conf. fs. 1/3) con la firma “ANALISTAS EMPRESARIOS S.R.L.” Que a fs. 8 la Dirección de Sistemas del Tribunal manifiesta la necesidad de continuar con el servicio que nos ocupa con la actual prestadora por lo que a esos efectos, se solicitó a la firma “ANALISTAS EMPRESARIOS S.R.L.” su conformidad para continuar con el servicio a partir de su vencimiento, en los mismos términos y condiciones técnicas oportunamente pactadas, obrando su aceptación a fs. 9. Que se efectuó a fs. 13 la reserva de fondos con cargo a la partida presupuestaria pertinente del ejercicio financiero 2016. Que dicho procedimiento encuadra en el artículo 56º, inciso 3º), apartado a) del régimen establecido en el decreto nº 5720/72 y el artículo 62 de la citada norma legal en su inciso 10º adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de la Nación (resolución nº 1562/2000). Por ello, y en virtud a las atribuciones conferidas mediante RESOLUCION DA Nº 2403/2016 EXPEDIENTE N° 5082/2016 Buenos Aires, 31 de agosto de 2016.- resolución nº 712/11, SE RESUELVE: 1º) Contratar con la firma “ANALISTAS EMPRESARIOS S.R.L.” el servicio de locación, mantenimiento y conservación técnica de cuatro (4) equipos fotocopiadores con destino a dependencias del Tribunal, por el término de dos (2) meses, a partir del vencimiento de la orden de compra n° 51/14-en los mismos términos y condiciones técnicas y económicas oportunamente pactados en la orden de compra mencionada- a un costo por copia de cuarenta y cinco centavos de peso ($ 0,45.-), hasta un valor total estimado de pesos diez mil ochocientos ($ 10.800.-) y a razón de pesos mensuales estimados cinco mil cuatrocientos ($ 5.400.-); más el valor que surja por la extracción de copias excedentes, a un costo por copia excedente de cuarenta y cuatro centavos de peso ($0,44.-), en un todo de acuerdo a lo manifestado por dicha firma a fs. 9. 2°) Imputar el presente gasto a las cuentas 05-04-00-00-01- 0002-3-2-4-00000-1-1.3, 05-08-00-00-01-0002-3-2-4-00000-1-1.3 y 05-21- 00-00-01-0002-3-2-4-00000-1-1.3 del ejercicio financiero 2016, previo a la emisión de la respectiva orden de compra. Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese sucesivamente al Departamento de Contabilidad y Presupuesto y Subdirección de Compras. G.D.F. Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria