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DE ~USTICIA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 10 ID: fallos_10_29

Judges

Costa

Keywords / Subjects

DAÑOS Y PERJUICIOS RESPONSABILIDAD DELITO

Ruling Text

• DE ~USTICIA NACIONAL. SS el juicio civil, era la responsabilidad de los perJutcaos cau- sados por el delito cometido por dicho Escobar. Que dichos perjuicios, y su avaluacion estaban bastante- mente comprobados, como se deducía de la sentencia ape- lada, y sus considerandos. Buenos Aires, Enero ~-~ de t87t. Vistos, considerando, primero, que aun cuando despues do la condenacion del acusado en el juicio criminal, no se puede contestar en el civil que so siga por indomnizacion do daños y perjuicios ocasionados por el delito, la existen- cia del hecho principal que lo constituye, ni impugnar la culpa del condenado¡ como lo establece el articulo treinta y siete, título octa,·o, seccion segunda, libro segundo del Có- digo Civil, actualmente en vigencia en la 1\epública, pue- den discutirse en dicho juicio civil todas las escepciones que se opusiesen y quo no sean las que so espresan en el arU- oulo citado ¡ seg~tndo, que en el presente caso se han alegado por el demandado cscopciones que no han sido juzgadas en la causa criminal y que no constituyen el hecho principal del ele- lito, ni importan contradecir la culpabiladad declarada, y por consiguiente han debido admitirse y recibirse la causa á prue- ba sohrc ellas ¡ tercero, que desde que se ha omitido un trámi- te esencial, el juicio ~s insanablemente nulo. Por estos fun- damentos déjase sin efecto la sentencia de foja veinte y cuatro vuelta, y satisfechas las costas devuélvase la causa · para que reponiéndola al estado que tenia á foja veinte y dos, se reciba á prueba y se siga y determine como cor- responda. SALVADOR MARÍA DEL CARRIL.- FRANCISCo- DELGADO. - JosÉ8;\RROS PAZOS.- ÜENITO CARCASCO. -MARCELINO UGARTE.