VE JUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 10
ID: fallos_10_41
Voces / Materias
SEGURO
ADUANA
RESPONSABILIDAD
Texto del Fallo
VE JUSTICIA NACIONAL.
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Fallo del .Jm!• 8eeeloaal.
Buenos Aires, Noviembre 3 de t810.
Vistos estos autos seguidos por una parle entro los Srelf.
Sicrers y Meyer consignal:ll'ios de 4,005 frasqueras de ginebra
conducidas por el buque e ~faria Gcrtrudis t, y por la otra
el capitan de dicho vapor y los representantes de los Seguros
con motivo de averías sufridas por dicha carga y resultando :
1 o Que los interesados nomlmtron peritos arbitradores al
oiJjeto esprcsado en ol art. f.1.84 del Código do Comercio
y los resultados del cxámen pericial que practicaron constan
do su informe, el que corre á f. 61.
2o Que solo la parle do los Seguros ~s la que ha ma-
nifestado estar conformo con la dcclaracion do los peritos
arbitradores en la parle de la avei'Ía que declaran á cargo de
los ascg••radorcs, uo estando la parte de Sicvors y Mcycr
rpto niegan toda responsabilidad por su parto.
3" Que el reconocimieuto de las f•·asqueras de ginebra fuó
pedido por los cargadores inmediatamente despues de con-
cluida la descarga y entregándose aquellas en 13 Aduana .
.t,o Que antes de cspedirso los peritos arbitrudorcs en su
citado informe, habian sido las mercaderías reconocidas en
la Aduana por el vista del ramo quien á f. 30 vuelta in-
fi,rma que todas las frasqueras se hallaban averiadas, con-
sistiendo la avería de unas on estar completamente dehechas
por efecto del agua que había penetrado en ellas, y en las
otras csteriorrnente en buen estado, en que su interior es-
taba completamente húmedo á punto de estar perdidas las
etiquetas y húmedo el aserrín.
r;n Quo la parte del capitan niega toda responsabilidad
respecto á la parto dol cargamento que fué pl'inu:)ramcnto
desembarcado, fundándose en que el rcconocimionlo no fué
pedido en cuauto á esa parle, dunlro del pla1.0 seitalado