Argentino, y remite el ospediente á la Contaduría General
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 10
ID: fallos_10_139
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
DELITO
Ruling Text
lJE JUSTICIA NACIONAL.
U3
Argentino, y remite el ospediente á la Contaduría General
para que haga la liquidacion e á {ill de proceder en lo lkmál
1egun corrupond4. ,
· Practicada la liquidacion por la Contaduría, se rcmititlron
los obrados á este Juzgado, donde so ha tramitado, dando
vista al Procurador Fiscal, fluien al cspedirsl) estimando la
resolucion presidencial do f 4 7, como una sentencia cfefl-
nitiva respecto rle la accion criminal, interpone el recuso
ordinario, ejerciendo la accion cÍ\•il, por cobro de once mil
y tantos pesos fuertes¡ procurando manifestar que el juicio
compete á este Juzgado : contestando Lo~·ola á la demanda
del Procurador Fiscal, é incurriendo en el mismo error t¡uc
este, do dar el carácter de sentencia á un auto de sobresei-
miento¡ pide se le absuelve de la demanda, niega el créthto
y tacha de anti-constitucional la resolucion antes mencio-
nada.
Con estos antecedentes ¡ considerando, t o que si bien el
hecho de defraudacion de dineros nacionales os un delito
punible, considerado corno tal por el arl. 80, cnp. H de la
ley que duigna loa crlmenea cuyo conocimiento compele á lo1
Tribuna/ea Nacionalu, esta disposicion no es exclusiva á los
Tribunales Civiles, pues que tarnbien hay Tribunales Nacio-
nales militares, CJUienes tienen igualmente quo sugetarso á
las leyes del Congreso; 2° que, segun la prcspricion del
artículo 7, de la ley sobre jurisdiccion y competencia de los
Tribuna/u Nacionale1 que dice : la juri1dicci01l criminal o tri-
buida por uta ley á la Jruticia:Nocional, tn nada altero la ju-
rildiccion militar en lo1 co101 en que fll'r la1 kyu t:eiatentu lkba
procederae por Consejo de Guerra : el hecho que motiva esto
juicio, siendo cometido ó atribuido á un militar cu actual
servicio, y considerado por las ordenanzas militares cvmo
un delito judiciable, por ante Consejo de Guerr3, lo que está
1;onfirnuulo, tanto por el jiro (JIIe descle el principio so rfió