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AL LOS DE LA SUI'REIIA COl\ TE palabras • y pa1en á la ContadNria para qMe •e haga la li- quidacion que dice tl Auditor á

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 10 ID: fallos_10_142

Keywords / Subjects

DELITO

Ruling Text

• t 46 1" AL LOS DE LA SUI'REIIA COl\ TE palabras • y pa1en á la ContadNria para qMe •e haga la li- quidacion que dice tl Auditor á "fin de proveer en lo dtmd1 ugun corru¡vmda, lo que no importa dar el carácter de re- aolucion en esa parte al dictámen del Auditor; pues aun cuando el espediente ha sido remitido por el Ministerio de la Guerra á este Juzgado, no consta en parte alguna que haya sido de órden de S. E. el Presidente de la República. Séptimo, que aun en el caso de que no t~e notara eso vaclo, no está en las atribuciones del Exmo. Sr. (,resi- dente, prorogar su jurisdiccion á los jueces sobre perso- nas ó hechos en qne por las l~yes no la tienen. Do lo ospuesto, y reasumiendo para mayor clar•dad, re- sulta : i • Que la resolucion Presidencial de f. 4 7 no es aetencia. 2• Que siendo un auto de sobreseimiento, es per- fectamente Constitucional. 3o Que en ól nada so dispone sobre la accion civil y se dnbe suponer incluido en el sobreseimiento. .t.o Que, sobreseída sin condicion (de por ahora) una causa, ella queda completamente cerrada y no puede legalmente \'Olverse á abrir. 5o Que los delitos de defraudacion de fondos de la ~ac ion cometidos por mili- tares en ejercicio de sus funciones, corresponden á la juris- diccion militar. So Que siendo por lo general y muy espe- cialmente en el presente caso, la accion civil acesoria á la criminal, 3quella no puedo sepal'ar~e y tiene c¡ue seguir el fuero eJe esta. Por estas consideraciones y otras quü se han tenido en vista, se declara incompetente esto Juzgado para conocer del presento juicio.- Kjeculoriada fJUe sM la presente rc- solucion devuélvase el espedientc al Ministerio de su pro- cedencia, dejándose copia de este auto. No siendo lícito introducir en los alegatos frases 6 pe- riodos que siendos inconducentes al esclarecimiento do los l•ecl•os pncdcu considerarse •le · :tho~os pcrsnu:-.lt>s di,.igitlos