← Volver a resultados

imal qrte se pierde tto deveii!Ja 11aslo y sl el 'l

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 10 ID: fallos_10_153

Texto del Fallo

DE .JUSTICIA NACIONAL. 151 fuer·ou introducidas en el probatorio y antes do la deflniliva ( arl. 108) ¡ 3° que la opinion que vierte O. Daniel Gonza· lez es de regla y costumbre en el país y la mas racional y justa e que el a"imal qrte se pierde tto deveii!Ja 11aslo y sl el 'l"e se muere • con mas •¡ue no hay certeza sobre cómo y cuándo se paga <'1 precio de talaje, pues esto es conven· cional ¡ 4° que no lrabiendo cláusula que determine elliem po del pago, se debe justamente comprender que al tiempo de. sacarse los animoles es cuandu se deLe l111ter el abono ¡ á 11 que no es caro el pr·ccio de tres reales por cabeza en el e Melocol•lD • aun cuando el paslo no sea entero¡ ()o fJ liC por la iurorrnacion corriente ,¡ foja [10 y (ltros pa saje::~ en autos, consta que O. Santos Funes tenia inrcrnatlor, el cual debió avisar á su patron que el pasto no era bueno como es Jo rP-;Ia entro ganaderos par·a que aquel pudiese roclarnnr al arrendador¡ 7o que la ornision de este a\'iso, y por consecuen · cia la falla de una protesta 6 inllmacion, qu.c si el pasto no se mejoraba, se sacaba ol ganado, es descuido que arguye mas Líen contra el arrendatario por haber tenido á su servicio un hombre que no comprende, 6 ha escusado su deber con la consiguiente tolerancia ó negligencia do su parte de no haber rigilodo la conduela de a•¡uel ; So que no habiendo un precio fljo sobre el pasto, ni contrata de inrernada, la ca- lidad del talaje os discrecional, y por lo tanto no es legítimo el cargo que el ganado perdiú de gordura, no así el otro, de lucro cesante ú daito emergente por no haberse entre- gado el ganado cuando se mandó por él, ya r¡ue so orrecia el pago 6 pudo el arronJ:u.lor si desconflan1.a tenia 1 retener una punta de animales, inler se chancelaba su cuenta como so lo permite una ley del lit. So, part. 5:~ ; ; y 9o, r¡ue el nrren. dador de pasto no responde de las pérdidas, si el arreo da- torio 6 comprador de ellos tiene in\'ernador. Por estos rundamontos, st: declara de abono la cuenta de