DE .IUSTIGU. NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 10
ID: fallos_10_189
Ruling Text
DE .IUSTIGU. NACIONAL.
~AU8A XXXV~
Don Andrú Alvarez contra Don Guido Bennati,
&obre daercion del recurso de apelacion.
Sumario. -El art.. 217 de In ley de procedimientos impone
el deber dt> dar por desierto el recurso, desde que, pnsado
el término legal para espresar agravios, se acusa rebeldía
por el apelado.
2o El recurso decae por el hecho mismo de acusarse
la rebeldía, aunque se presonlo la ospresion de agravios,
antes de que sea proveida aquella.
Caso. -Don Andrés Alvaro1. siguió un juicio contra Don
Guiclo Bennali, por cobro de posos.
Dictada sentencia
ct~ndenatoria contra Dennati, este
apeló y se le concedió el recurso libremente.
El representante de Dennnti mejoró el recurso en tiem-
po, pero dejó vencer los nueve dias establecidos por la
ley para espresar agravios, sin hacerlo.
El representante de Alvare1. acusó rebeldía, y pidió se
declarase desierto el recurso.
Media hora dcapues y antes de proveerse el escrito
acusando reboldfa, el representante de Beonati presentó
la espresion de agravios.