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UE WSTICIA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 10 ID: fallos_10_221

Ruling Text

UE WSTICIA NACIONAL. 225 Du pau.'t y lk Andreis contra D. José G. Bote/, por cobro de comisiou ele corretaje. Swnario. - 1 o Todo derecho de corretaje debe ser paga- do proporcionalmente por ;ll!nbos conlralanles, no mediando cslifulacion en contrario. 2o No so distingue el caso en que las partes huyan so- licitado ó no la inlorvencion del corredor. 3o La comi.sion que por tal intervencion se debe al corredor, concluido ol negocio, os, no existieudo convenio ospccial, la que sea do práctica en casos iguales. 4" La comision usual en las n e~ociac iones do alfalfa, durante la guerra con el Paraguay, ora la de 20 8 mfc. por tonelada, 6 el l p. o¡ .. á opcion dol corredor, y paga- dera por mitad entro comprador y vendedor. 5o La de flolamontos de buques con destino al Paraguay era la de 5 p. oJo pagadera por el fletante. 6° Cuando la parlo actora incurre en exceso do peticion, y la demandada en él de negativa, no puede decirse que solo el plus ¡Jelitionis es la causa del litigio. 7° En eso caso, acordándose por la ~:~enten cia á los de- T. l. 10. •