DE JUSTICIA. NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 10
ID: fallos_10_249
Jueces
Costa
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
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DE JUSTICIA. NACIONAL.
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ni á !:1 ocla\':1 parto rlc ella ; pudil'ndo decirse utro tanto
si so to111a la • Escontli.la , en su estonsion lutal al
tiempo tlol cunt1·ato, pues cotnpouiéntloso cntónces de
los lorrcuos t¡uc fueron dados pn1· ol 1:o1Jicrno en !J:li)O 'al
Coronel Uo111ingncz, y se toniú pot· cou1l'ra ;í la • Escon-
dida, , y del c¡uu Uon .'antiabo LaiJorda compró al Go-
bierno, la parlo cuestionada es un po d<~zo que apenas
a l c<~ nzarú á un rt cuarta parte.
l'm estas COilsitlo!raciones y leyes citadns, rlcflnitiva-
mcnte juzg:•nrlu-litllo : (.lnc dcho J,~cla rn r y declaro que
el S1·. Zo1·rilla no ha
p rou:~do ~ u ;:wcion y r¡uo por con-
siguiente no hay lugar al sane:unienlo solicitado, aLr¡ol-
\'iénduso al dcu1andatlo Uon Félix Caldcrou; siendo do
cargo del actur el abono de costas.
Hcpóngause los so-
llos; y si no hulm:sü apclacion, a¡·chí,·oso de,·olviéndoso
los títulos, dejándose constancia do su desglose.
J. Pablo Saravia.
Zorrilla apeló y se le concedió el recurso libremente.
Ante la
~u p rema Corte olcgó que la cuestion dirimida
por el contrato de
cornlJrn\'onto,
fué un ángulo que
forman las dos Estoncias en donde
es t ~ n las casas de
la Vi\'orila ¡ y que estaba pronto á justificarlo con tes-
timonio de personas
re.~ p o laiJ i es.
Que hubo im::sulal'iJaJ en el procedimiento del Juez,
porque una vez opue la á la clcmanda la oxcepcion do
tran~accion fun1l:lda en el contrato de compraventa, de-
bia imponerse al demandado la prueba do que la cues-
tion tranzada versaba sobro el lcrreno reclamado.
Oue esta )Jrucba no so J.abia renclido, pues se había
alc¡.;ado ser la existente <1nto los Tribunales de la Pro-
vmcta, y esta \'ersaba sobro el deslindo pedido por Cal-
deron.