Que miéntras tanto en el contrato se había especifi-
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 10
ID: fallos_10_250
Jueces
Costa
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
i54
FALLOS DI LA SUPREMA CORTE
Que miéntras tanto en el contrato se había especifi-
cado la eslension Jo 50 cuadras del terreno de Norte
á Sud, por lo que estas debían ser saneadas.
Que si el \'Ondodor IIUbicse querido poncrs(! á culoier-
to de dicha obligacioo, habría debido \'endor lo que resul-
tase de la mensura.
Pidió que revocándose la sentencia . apclatla, se conde-
nara á Calderon con arreglo á la dcm:lllclu.
Contestó la parte del apelado pidiendo la confirmacion
de la sentencia.
Dijo quo el sancomonto tiene lugar cuando ha ha-
hiJo oviccion, art. 93, cap. 5, tít. 3, secc. 3, lib. 2, del
Cód. Civíl, y en esto caso nndie llilLia demandado 'J
vencido en juicio á Zorrilla, disputándole el terreno en
cuestion.
Que el contrato tic 8 de Enero de
t 870 ora una
venta por junto, sogun la dcOnicion del art. 18, cap.
f, tít. 3, secc. 3, l1b. 2, del Cód. Ci\'il, pues C:~ ldc
ron vendía en masa y por un precio la os tancia, sin
conocer su estonsion ¡ y que en esta clase do contratos
el vendedor no está obl1gado á sanear uno eslcnsion de-
terminada.
Que además por el contrato do compra \'Cnla se con-
VIene en que debía quedar concluida toda cucstion t~obro
Ji miles.
Falle •• la 8upre•• "••••·
Buenos Aires, Julio t (; de 181 l.
Vistos : por sus fundamentos se confirma con costas
la sentencia ap.llada, corriente do fojas norenta y dos