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PAI.LOS llE I.A SUI•REMA COOTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 10 ID: fallos_10_256

Jueces

Moyano

Texto del Fallo

260 PAI.LOS llE I.A SUI•REMA COOTE en virtud de no haberse presentado Molina, y se lo dejaron á salvo sus derechos contra este. El Juez do Scccion dictó el siguiente auto : Mcndoz3, Junio 15 de 1810. Habiendo pasado con exceso el término de O días que so acordó á D. Javier Molina para qruo produjese acusacion con- tra D. Lisam.lro Moyano {, virtud do su querella presentada al Juez del Crfmen, como cómplice do Santos y Clemente Ponce, denunciados por ladrones do rarias mulas robadas en "San Juan en tiempo de; la rebelion. Estando apercibido el Sr. Molina por auto de 26 de Marzo de este año, que si no acusa se mandará sobreseer. En virtud de no haber acusado hasta la (echa. Habiendo la parto de Molina reclamado al vencimiento del tórmino susodicho, (JUC se cumpla con el apercibimiento hecho. Considerando que lodo lo obrado ante el Juez del Crimen es nulo do hecho y derecho por ser notablemente incompe- tente para arrogarse el conocimiento de una causa que es pri\•ativa de la Justicia Nacional, segun así lo establece la ley de u. do Setiembre de 1863, y lo ha det .. rminado la Corto Suprema por \'arias declaraciones · al respecto. Considerando quf\ quien os apercibido Á f'jercilar un dere- cho voluntario dentro un tórmino fiado, y no lo hace, so entiende que desisto. Sobreséase en esta causa y archivase con reserva de su derecho á D. Lisandro Moyano para que repita como y cuando viere con\'enirlc c"onlra quien corresponda en tér- mino legal. Cancéleso la fianza carccltlra otorgada por D. Pascual Su:~rez corriente á 1'. 1 fi á favor de Moyano. Pahua.