OJo: JUSTICIA N,\ CJONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 10
ID: fallos_10_273
Judges
Costa
Mendoza
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
CONTRATO
Ruling Text
. .
OJo: JUSTICIA N,\ CJONAL.
277
Se abrió la causa á prueba, y de esta resultó que
Funos alternaba su residencia en Mendoza, como en San
Luis, y tenia propiedaJes raíces en Mendoza.
Fallo del .1 11ez IJeeeionAI.
Mcucluza, Manu 'l.l de 1 !Si 1.
Y vistos.-IJ.
~lanue l Cruz Vit.lela demanda á IJ. Ur-
sulo Funes por lalta de cumplimiento tic un contrato.
El demandado declina de jurisdiccion alegando que
ambos coutendores son vecinos tlou1iciliados que no tienen
ent1·ada ante la Justicia Federal.
Que c:;e pleito d ob ~ ir á. la jurisdiccion de ProvinCia.
El demandante res ponde: e que su colitigante no solo es
e natural Je San Luis ó Córdoba sinó f¡ue allí hct teni-
c do su residencia \'Ínieodo á esta con frecuencia con
• motiro de sus negocios de ganado, Nin que por esto
e se laaya establecido aquí hasta hoy, ole. , -Teniendo
presento: Que la prueba •·cnclida por ambas partes en
general acredita: que D. Ursulo Funes alterna su resi-
dencia, ya en MenJoza como en San Luis y que la po·
sicion absuelta á foja 40 \'uelta por D. Manuel Cruz Videla
confiesa que O. Ut'sulo Fun e~S tiene una propiedad raíz eo
Mcndoza.
Con arreglo al arl. ·1 t de la Ley de 14 de Setiem-
bre de i 8G3 sob1·o jurisdiccion: so declara: Que siendo
los do:; conleudorcs \'l.lCÍuos e lo Mondo1.a, en el concepto
del a1·L. dicho, csla causa ó s•• conocimiento correspon-
de á la .Justicia pro\'Íncial, con costas. - Repóngase.
Palma.