IIE JUS'rii:IA 1 ACIONAL.
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 10
ID: fallos_10_281
Judges
Ramos
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
Ruling Text
IIE JUS'rii:IA 1 ACIONAL.
28lJ
parte, lo que se llama bienes de la Iglesia, destinados tara
fomento del Culto, que el Gobierno Nacional es ohligado·á
sostener, segun el código l'undamontal.-4o Que haciendo el
provisor distribucion de 1 sueldo entre varios cantores, por no
estar provisto ac¡uel oficio de Sochantria, con reserva del
sobrante para dar cuenta, como realmente lo hizo, ejerció
actos de mero administrador y ecónomo, de los cuales solo
incumbe al Obispo conocer y juzgat·, con esclusion de otra
autoridad cualquiera, y calificarlos arreglaJos ó abusivos.
-
5<~ Qué á ningun Juez Secular le •lS permitido darles
distinto carácter, y ménos titularlos usurpacion al Tesoro
Nacional, procurando por ~~':ltejan l c medio indirecto some-
terlos á juzga miento con J)lenosprocio f)e nuestra autoridad
Episcopal y vilipendio del sacerdocio, produciendo gr<mde
alarma en ambos Cleros secular· y regular, y en nuest1·a so-
ciedad por enleru, viendo repentinamente preso al (:itado
Provisor v Vicario General, como actualmente se encuentra,
.
.
por actos adminisl•·ativos y económicos, <¡ue no reconocen
otro Juez, ni reconocieron desde los primeros tiempos de la
Iglesia que al Uaocesano, segun doctrina de autores canonis-
tas, y aun puede consultai'SO el Diccionario Canónico, edi-
cion parisiensf3 de 1854.-
artículos Admini&tracL)r y Ec6nomo.
-
6u Que de otro mollo debería tolerarse á los juece!l, juz-
gar hechos ajenos á su jurisdiccion, con el arbitrio muy fácil
de desfigurarlos tan solo porque al fin podrán declarar en
sus fallos, que no merecieron ser calificados, como lo fueron
en su principio, cuando las personas sometidas á juicio hu-
hieren sufrido vejámencs tal vez injuriosos y sacrílegos. -Por
estas consideraciones y varias otras que omitimos detallar,
declaramos ~on lo cspuesto por el Fiscal, y atento al arl. 3°,
ley de
procedimien to:~ en los Tribunales Nacionales, que
debemos abrir y abrimos desde ya competencia al Sr. Juez
Seccioníll, para que nos remita totlo lo obrado en su Juzgado