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O~ JUSTICIA N,\ CIUNAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 10 ID: fallos_10_283

Keywords / Subjects

COMPETENCIA

Ruling Text

O~ JUSTICIA N,\ CIUNAL. 287 hacer el Ejecutivo Nacional, ni tampoco el Obispo porque encontrándose él mismo robarlo no podría ser juez en el caso. Que segun el mismo nulo del seiior Obispo, el Provisor al rendir cuenta de su atlrninistracion presentó un supera- vil en dinero que puso á Jisposicion de la Contaduría Na- cional, la cual era una prueba contra sus asertos, porque si los tesoros nacionales se convierten en eclesiásticos por el mero hecho de hacerse el abono de la planilla de la Cu- ria, la devolucioo no so habría verificaJo, sinó que el su- poravit so habría reservado para disponer de 61 ad libilum en beneficio de la lglosio. iFallo del .l••e• ~eee6onal. ~an .luan, Ahril 'iO de t811. l'iltos estos autos sobro competencia promovida por el Ilmo. Sr. Obispo de Psta Oiócesis, reclamando la jurisdiccion de la causa criminal iniciada ante esto juz~ado contra el Sr. Provisor y Vicario General del Obispado Dr. D. Braulio Labpiur, por haLer hecho figurar empleados supuestos en las planillas de sueldos do la Curia Eclesiástica, con lo espuesto por el Sr. Fiscal, y considerando especialmonle- - t o Que en el sumario levantado en virtud de la denuncia do D. Raimundo Pujador, de haber figurado como sochantre del Cabildo Eclesiástico, en las planillas firmadas mensual- mente por el refer1do señor Provisor, no so trata de un deli- to por mn.la administmcioll tle bienes eclesilíslicos, ni do la cQnducla del seiior Provisor y Vicario General en ol ejer- cicio de sus funciones, como falsamente lo supone el Fiscal Eclesiástico y lo establece el Ilmo. Sr. Obispo en su auto