F.\I.LOS DV. t.A SU I'IU~MA COI\TE
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 10
ID: fallos_10_286
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
Ruling Text
290
F.\I.LOS DV. t.A SU I'IU~MA COI\TE
Fallo •e la tllupreMa l :ort•.
Ducnos AirPs, Julio 2f• ele t Si l.
Vistos : do conformidad con lo espuesto y pedido por el
señor Procurador General, y considerando: Primero, que
que las rentas fJUe forman el tesoro t.le la Nacion, no pueden
ser invertidas sinó con arreglo á la ley ó presupuesto de
gastos nacionales,. conforme á lo dispuesto en el párrafo
trece, articulo ochenta y seis de la Constilucion Federal ;
1egrmlÚ>, que la ley del presut'ueslo determina espresamenle
la inversion que debe darso {, los (onclos volados por el
Congreso para el sostenimiento del culto¡ tercero, c¡cul,
por el hecho de entregarse al Obispo, administrador, ecó-
nomo 6 habilitado de la respecti\'a Iglesia, para que ten-
gan, por intermedio suyo, .la aplieaciou ;'t que han sido
destinados, no se ca. rubia la naturaleza de esos Liencs ¡
pues, en la distribucion que de ellos hace el Obispo,
a~ministrado r, ecónomo, ó ltabi litado de la Iglesia, no
procede sinó como agente especial para ese objeto, del Po-
der Ejeculi\'o Nacional, á quien compele la invtlrsion, con-
forme al antes citado artículo de la Constitucion, y que
podria hacerlo, con prescinc.lcncia del Diocesano, por me-
dio do empleados directamente nombn.lllos y dependientes
de él ¡ cuarto, que esta doctrina hu sido reconocida J'Or el
señor Obispo de Cuyo, en el hecho de dar cuenta al Ejecu-
tivo Nacional ile la inversion de los fondos destinados al
culto, y de poner :\ su disposicion el sobrante¡ quinto, que
falta, en consecuencia, el !'mico fundamento aducido por su
Señoria lluslrlsima para formar competencia ni Juez de Sec-
CIOn, esto es, la suposicion de que, por el hecho de
salir del tesoro nacional, los fondos votados para el
culto se com·ierten en bienes eclesiásticos, sujetos á su