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En cousocucncia, se pro-

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 10 ID: fallos_10_296

Jueces

Costa

Texto del Fallo

300 1-'AtLOS DE LA :iUI'I\E~I ,\ COI\Tc valga como crédi lo escriturado. En cousocucncia, se pro- nuncia sentencia de trance y rcrr.ate. Llévese adelauto la ejecuciou po•· todos sus grados é ins- tancias, tácese el fundo hipotecado, remátesc, y con su producto, hágase cumplido pago al ejecutante por capital insoluto, intereses y costas. Y por esta mi sentencia definitiva, así lo proveo y mando. Repóngase. Jua1L Palma. Apeln 'a esta sentencia fué confirmada por el siguiente Fallo de la lluprema C:orte. Ducn1.1s Aires, Julio 29 tic 1811. Vi~tos : por sus funt.lamcnlos, se confirma. con costas, el outo apelado do foja ciento treinta y nu('ve; y satisfechos y repuestos los sellos, dcYuélv anso. SALVADOR MARÍA OEL CARI\IL- FI\AN- CISCO I>ELt;1\DO - Josi 8ARI\OS PA- ZtJS- MAttCI':LINO UGAttTE.