DE JUSTICIA NACIONAL.
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 10
ID: fallos_10_323
Judges
Costa
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIONAL.
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el conoctmienlo do las causas en que versen los privile-
gios y exenciones de los Cónsules y Vice Cónsules estran-
geros en su carácter público, corresponde originariamente
á la Su prcma Corte, segun el párrafo cuart(l, artículo pri-
mero de la ley sancionada en catorce de Setiembre de mil
ochociento11 sesenta y tres ; Seyundo, que las injurias infe-
ridas á un Cónsul, en la oficina del Consulado, con mo-
tivo del desempeño de
su~ funciones oficiales, afectan la
libertad y la seguridad sin las que no podría desempeñar
bien su mandato, y que, c'.>n arreglo á los principios del
derecho de gentes, le debe garantir la Nacion en cuyo
territorio está llamado á ejercerlas ¡ Tercero, que esas in-
jurias comprometen, por consiguiente, las prerogativas de
su carácter públic•), y determinan el cjen:icio da la juris-
diccion que compele, en tales casos, á la Corte; por cdos
fundamentos no ha lugar, con costas, al artículo promo-
vido de foja noventa y nueve, y Don Adolfo Aldao evacue
en el término ordinario el traslado pendiente.
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MARÍA DEL C~R RIL .
FRANCISCO DELGADO. ·- JOSÉ 8 .. R·
nos PAzos.-MARCELINo UGARTE.