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O! JUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 10 ID: fallos_10_361

Jueces

Costa

Voces / Materias

RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

O! JUSTICIA NACIONAL. 365 Jonas, y, hnbiondo manifestado que no 1" aceptaba, se manrló dcvoh·cr los a ~,; tos. Vuellos estos al Juz3aJo de eccion, Jonas pidió se re- gulasen sus honorarios. Se ordenó la regulacion. La viuda de Casal á quien se nnliOcó In providencia, se opu!'o 3 eliLI, alegando filiO el asunto babia sido iniciado y seguido de cuenta )' responsabilidad de Jonas. Conferido traslndo, esto diJO que debía lleva rs~ adelante la regulacion por ser impertinente é importuna la observa- cion de la riuda de Casal. Fallo d~l .Juez l!teC'eional. Oucnos Aires, Julio 31 rlc 18it. Y vistos: llévese adelanto la regulacion como está man- dado. Ugarri;a. La viuda de Casal apeló, y so le concedió el recurso en relacion. .Fallo de la l!lupreaaa Corte. Buenos Aires, Setiembre ! de 181 t. Vistos : no siendo apelable el auto de foja doscientos treinta y dos con arreglo al artículo doscientos y seis de la ley de procedimientos, devuélvase al Juez de Seccion, prévio pago de costas y reposicion do sollos. SALVADOR ~IAnf,\ DEL CAI\RIL.- FRA~CISCO DELGAoo.-Jost DAnnos PAz os.-~IAn­ CELt~o UcAnTE.-Jost B. GoROSTJAGA.